JUC


  • La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de León que condenó a SACYL al reintegro de los gastos asumidos por una familia leonesa para el tratamiento logopédico especializado de su hijo menor

La resolución judicial considera acreditado que el menor, afectado por una grave hipoacusia congénita bilateral, necesitaba intervención logopédica especializada de carácter urgente, inmediato y vital para evitar daños permanentes e irreversibles en su desarrollo, comunicación e integración social.

La familia tuvo que asumir privadamente durante años el coste del tratamiento debido a que, según recoge expresamente la sentencia, el servicio público sanitario no dispensaba ese tratamiento específico a menores con hipoacusia en el ámbito asistencial correspondiente.

El Tribunal Superior de Justicia rechaza íntegramente el recurso formulado por la Gerencia Territorial de Salud de Castilla y León y confirma la obligación de reintegrar a la familia la suma de 11.205,50 euros por los gastos médicos afrontados.

La sentencia destaca especialmente que: 

• no existió un uso abusivo de la sanidad privada,

• la atención requerida no estaba siendo prestada por la sanidad pública,

• y la ausencia de tratamiento podía ocasionar consecuencias irreversibles para el menor. 

Asimismo, el Tribunal avala que la intervención logopédica especializada resultaba esencial para maximizar el potencial comunicativo y el bienestar del menor, así como para prevenir graves consecuencias funcionales y sociales.

La familia ha estado asistida jurídicamente por el despacho CRESPO&PRADA ABOGADOS, de León. Desde el despacho se valora muy positivamente esta resolución judicial, especialmente por el importante reconocimiento que supone respecto al derecho de los menores con necesidades especiales a recibir una atención sanitaria adecuada y efectiva dentro del sistema público de salud.