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La Sentencia del Tribunal Supremo 1250/2024, dictada el 18 de noviembre de 2024, marca un hito en la jurisprudencia laboral española al establecer la obligatoriedad de un trámite de audiencia previa al despido disciplinario, en línea con el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).​

Contexto y antecedentes

Hasta la fecha, el Tribunal Supremo había mantenido una doctrina consolidada desde los años 80 que no exigía la audiencia previa en despidos disciplinarios, salvo en casos específicos como representantes legales de los trabajadores. Esta postura se sustentaba en la interpretación de que el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores (ET) era suficiente para garantizar los derechos formales del trabajador.​

Sin embargo, la Sentencia 1250/2024 rectifica esta posición, fundamentándose en la necesidad de adaptar la legislación española a los compromisos internacionales adquiridos por España, especialmente tras la ratificación del Convenio 158 de la OIT en 1985 y la entrada en vigor de la Ley 25/2014, que otorga rango constitucional a los tratados internacionales.​


Fundamento de la sentencia

El Tribunal Supremo interpreta el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT como una norma de aplicación directa en el ordenamiento jurídico español. Este artículo establece que ningún trabajador puede ser despedido por motivos relacionados con su conducta o rendimiento sin haber tenido la oportunidad de defenderse, salvo en circunstancias excepcionales en las que no sea razonable exigir al empleador que conceda dicha posibilidad.

En el caso concreto, el despido se produjo sin ofrecer al trabajador la oportunidad de defenderse. No obstante, el Tribunal Supremo considera que, dada la doctrina jurisprudencial vigente en ese momento, no era razonable exigir al empleador que concediera la audiencia previa, aplicando así la excepción prevista en el convenio internacional.


Implicaciones prácticas

Esta sentencia tiene varias implicaciones significativas:​

  • Obligatoriedad de la audiencia previa: A partir de ahora, las empresas deben garantizar al trabajador la oportunidad de defenderse antes de proceder a un despido disciplinario, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.​
  • Cambio en la doctrina jurisprudencial: Se modifica la postura mantenida durante décadas, adaptándose a los estándares internacionales y fortaleciendo la protección de los derechos laborales.​
  • Aplicación del control de convencionalidad: Se reconoce la necesidad de interpretar las normas internas conforme a los tratados internacionales ratificados, permitiendo que estos prevalezcan en caso de conflicto.

Conclusión

La Sentencia 1250/2024 del Tribunal Supremo representa un avance en la protección de los derechos de los trabajadores en España, alineando la legislación nacional con los estándares internacionales establecidos por la OIT. Este fallo subraya la importancia de garantizar un proceso justo y equitativo en los despidos disciplinarios, fortaleciendo así la confianza en el sistema judicial laboral.