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La Agencia Valenciana Antifraude recibió una denuncia en la que se advertía de la inexistencia del canal de denuncias en el Ayuntamiento de Benicàssim. Tras la tramitación del expediente creado a raíz de dicha comunicación, esta oficina ha considerado en una Resolución a la que ha tenido acceso nuestro medio la existencia de un incumplimiento legal, y le ha instado a disponer de un Sistema Interno de Información, ya que desde el pasado 13 de junio de 2023, esta entidad se encuentra obligada a ello.

Asimismo, la Agencia Valenciana Antifraude indica cuáles son las posibles consecuencias legales del incumplimiento de la Ley Orgánica 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Se recuerda que el pasado mes de febrero entró en vigor la Ley Orgánica 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Dicha norma obliga al establecimiento de un Sistema Interno de Información también conocido como Canal de Denuncias a todos los organismos que conforman el sector público y a las empresas del sector privado que cuenten con una plantilla de más de cincuenta trabajadores.

El incumplimiento en el que pueden incurrir estas entidades puede conllevar una investigación por parte de las autoridades sancionadoras competentes, como lo es esta Agencia Valencia Antifraude, tal y como ha sucedido en el caso de Benicàssim.




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