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La Sentencia del Tribunal Supremos nº 365/2025, de 10 de abril (Excmo. Sr. D. Javier Hernández García) recuerda que «nuestro sistema constitucional de derechos fundamentales, basado en la preeminencia de la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, rechaza radicalmente toda concepción contractualista del consentimiento sexual dentro de las relaciones de pareja. De tal modo que deba presumirse que iniciada la relación se presta un consentimiento automático y perpetuo para mantener relaciones sexuales.

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