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En las relaciones contractuales de compraventas de empresas, las situaciones a menudo son delicadas y pueden generar inseguridad e incertidumbre entre las partes. Sobre todo, al comprador. De esta incertidumbre nacen una serie de figuras incorporadas a las compraventas como cláusulas que garantizan que la realidad de la empresa que se va a adquirir, coincide con la voluntad y pretensión del comprador. Entre ellas, encontramos la cláusula clawback, que protege al comprador sobre problemas que puedan repercutir en la empresa una vez adquirido y que corresponde que sean asumidos por el vendedor. En cuanto al hurdle, nos permite limitar ciertos gastos de la empresa hasta que se cumpla con la rentabilidad que esperamos una vez adquirida. Por último, con la cláusula lock-box, garantizamos que la situación económica y financiera de la empresa en la fecha que se pacte, no se vea perjudicada por circunstancias que puedan aparecer hasta la fecha de cierre o de adquisición efectiva de la empresa.

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