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Manuel Villoria un referente en materia de transparencia y lucha contra la corrupción al frente de la AIPI (Imagen cedida)

  • La Autoridad Independiente de Protección al Informante presenta las recomendaciones para que ambos colectivos gestionen, conforme a la ley, sus sistemas de gestión internos

Desde el pasado 1 de septiembre esta formalmente operática la Autoridad Independiente de Protección al Informante (AIPI) máxima autoridad prevista en la ley 2/2023, normativa que traspone la directiva whistleblowing. Este organismo esta presidido por el catedrático de Ciencias Politicas y experto en transparencia Manuel Villoria que se encuentra al frente de un grupo de profesionales que se ha ido incrementando en estos meses.

Su actividad esta en cierta forma condicionada  por la falta de un presupuesto propio. La entidad nacio en el 2023 de manera legal, ya había un presupuesto del 2022 que no incluyó como previsión a la AIPI. Por el momento la entidad funciona con una partida del Ministerio de Justicia que es insuficiente a todas luces. Sin embargo, la entidad ya está trabajando en distintos frentes.

 En este periodo de tiempo han recibido unas 500 denuncias y ya tienen una veintena de  informantes con el estatus de protegido por haber denunciado algún asunto de corrupción. Villoria ha leído con interés la carta que Antonio Rico policía de Murcia, publico en Lawandtrends, denunciando la situación de estos denunciantes, con poco apoyo. En los próximos días, la AIPI pondrá en marcha la sede electrónica de la entidad para recibir las denuncias que sean dirigidas a esta entidad.

Por ese canal también las empresas tienen dos meses para comunicar quién es el responsable de dicho canal. También hay que comunicar los ceses y el motivo del mismo. Ese responsable del sistema debe ser un directivo de la empresa si es a título individual aunque podría ser un órgano colegiado con tres personas. “En el caso que hubiera alguna arbitrariedad en ese cese podríamos abrir una investigación.   Sino se informa habrá sanción, pero si no se tiene ese canal la sanción será mayor. En principio, las sanciones leves van de 1000  a 10.000 euros; grave de 10.000 a 30.000 euros y muy grave podría llegar a los 300.000 euros”, resalta

 Desde la AIPI se insiste que el responsable del canal interno debe tener la misma protección que el denunciante para que pueda hacer su trabajo con independencia. “La interpretación que hacemos de la ley es esa, creemos que es la adecuada aunque en una reforma de la ley podríamos incorporar que tuviera un Estatuto propio de protección”, afirma. Villoria mantendrá reuniones próximas con los sindicatos y ya la inspección de trabajo le ha sugerido modificar el Estatuto de los Trabajadores para proteger mejor a los denunciantes. “Aprobar en la empresa ese sistema de información interno supone haber llegado a un acuerdo con los sindicatos si la empresa tiene”.

Mientras se resuelve esta cuestión, la AIPI ya ha hecho publicas sus primeras recomendaciones a publicado tres recomendaciones relativas al diseño, gestión e implementación del Sistema Interno de Información (SII).  Según nos explica el propio Villoria, “el objetivo de estas Recomendaciones es resolver dudas frecuentes y ofrecer aclaraciones interpretativas transversales (la Recomendación 1/2026) o específicas para atender a colectivos concretos (las recomendaciones 1/2025 y 2/2026). En los próximos meses se actualizarán con nuevas versiones con nuevos apartados o información que modifican o aclaran cuestiones ya tratadas.

Villoria con Adolfo Diaz Ambrona, secretario general  da  la Cámara de Comercio de España en un evento sobre protección al denunciante  (Cámara de Comercio de España)

Las recomendaciones publicadas son:

Recomendación 1/2026 de la Autoridad Independiente de Protección del Informante para el diseño e implementación de un Sistema Interno de Información.

Recomendación 1/2025/v2 de la Autoridad Independiente de Protección del Informante para la gestión del sistema interno de información en los partidos políticos.

Recomendación 2/2026 de la Autoridad Independiente de Protección del Informante para el diseño e implementación de un Sistema Interno de Información en la Administración Local

Para Villoria en conversación con este medio “este es un primer paso porque hay muchos elementos de la ley 2/2023 que hay que aclarar. En el caso de estos colectivos administraciones locales y partidos políticos era necesario implementar este tipo de recomendaciones de acuerdo con el análisis jurídico de la ley y de la realidad existente. En otros temas llegaremos a acuerdos con las CCAA que tienen organismos anticorrupción para definir criterios comunes que ayuden a empresas y ciudadanos a cumplir la ley de forma adecuada”.

Partidos políticos y sindicatos también están obligados

En otra de las recomendaciones que acaba de publicar en su web la AIPI y difundida en redes sociales, está dirigida a partidos políticos y sindicatos, ahora de actualidad por los casos de acoso sexual detectados en el PSOE y el mal funcionamiento de su canal interno sobre esas denuncias  “Si analizamos otros partidos la situación es igual o peor. Es difícil encontrarlo en algunas de las webs de esas entidades y el protocolo de denuncia no está claro. En muchos casos es un correo electrónico la forma de denunciar que no garantiza confidencialidad ni anonimidad”.

Para Villoria “todas estas entidades, pese a que tengan menos de cincuenta trabajadores están obligadas por ley. También obliga a partidos locales que son difíciles de controlar y de saber su número. Puede haber miles. Todos están obligados a tener ese sistema de información y su responsable. Al mismo tiempo nos lo tienen que notificar”. El presidente de la AIPI no descarta reunirse con las principales organizaciones políticas y sindicales para explicarles lo que tienen que hacer porque de lo contrario podrían ser sancionados. Hay que darse cuenta que podemos recibir denuncias de un partido que no cumple la ley y no tiene ese sistema de información”.

A su juicio, “esas denuncias se pueden producir y son distintas de las que se producen en el seno de las empresas a nivel interno. Esa denuncia la puede hacer cualquier ciudadano que no se cumple la ley y no hay sistema interno. Las denuncias internas para  hacerlas hay que tener relación laboral con la empresa, la falta de cumplimiento de la ley 2/2023 y no tener ese sistema de gestión de denuncias internas lo puede hacer cualquier persona. Esa denuncia seria una infracción muy grave y una multa importante”.

Con los partidos políticos, Villoria reconoce que hay un problema “la ley dice que se puede proteger a aquellos que mantengan una relación laboral o profesional con cualquier organización. Esas personas pueden denunciar infracciones en el marco de la empresa. En las organizaciones políticas el perfil del militante es diferente al potencial denunciante, salvo aquellos que trabajen para el partido o aquellos que tengan una empresa y colaboren con ellos. Con la ley actual, la denuncia de un militante no podría ser admitida por ese canal interno. Esa cuestión la tenemos que aclarar, en principio tampoco tendría acceso a la protección de la AIPI”.

En su opinión “si un partido político es partidario que los militantes denuncien tendrían que establecer un canal especifico de denuncia. Creo que es evidente que debería haber una separación de canales clarísima. Por un lado está el canal interno amparado en la ley 2/2023 con todas las garantías de confidencialidad y anonimidad que da lugar a la investigación y a la protección.  Y al mismo tiempo otro canal de denuncia que por el momento no tiene ninguna obligación de anonimidad o de seguir el procedimiento de la ley. En este caso su posible expulsión del partido tendría una defensa por la vía civil”.

El presidente de la AIPI  intervino en el ultimo Dia del Compliance Officer como ponente invitado para hablar de lucha contra la corrupción y compliance  (ASCOM FOTO) 

Apoyo a pequeños municipios

Sobre las recomendaciones para gobiernos locales, el presidente de la AIPI revela que “la normativa española es tan exigente que obliga a todas las administraciones locales estar sometidos a la norma. Eso hace que corporaciones locales con 150 habitantes, una gran cantidad que hay en nuestro país estén obligados a tener un sistema de información interno y un responsable de su gestión. Esta problemática es compleja para este tipo de entidades que apenas tienen medios propios para afrontar este asunto”.

Con este documento “queremos dar ayuda a estas entidades locales más pequeñas. Nuestra propuesta es que puedan compartir servicios, tal y como indica la ley 2/2023. Esto implica que las diputaciones provinciales podrían en cada municipio, dentro de lo que llamamos el órgano colegiado que gestiona ese sistema de información, eso implica tener el canal en sus distintas modalidades, una política de información, unos procedimientos y un responsable. Eso lo tienen que tener todas las entidades, las privadas a partir de 50 trabajadores, las públicas, todas”.

Con esta iniciativa de la AIPI “esos pequeños municipios pueden compartir sus sistemas de información. Se trata de que ese sistema de información sea colegiado, con un responsable individual o colegiado. En esa colegiación podría haber un responsable del ayuntamiento y otro de la diputación. La persona de la diputación seria quien gestionaría ese canal. Eso da mucho independencia porque en municipios pequeños todo el mundo se conoce. Si pones a alguien de fuera evitas los conflictos de interés. Esa seria una posibilidad que planteamos en esta recomendación ya pública”.

A su juicio “otra posibilidad incluso seria que en ese órgano colegiado tuviera tres personas, una de dentro, como podría ser el secretario del Ayuntamiento que en algunos municipios es en tiempo parcial, otro de la diputación y otro profesional que voluntariamente pudiera colaborar como seria el caso de los profesores de Universidad que fuera independiente.  Se trataría de una colaboración pro bono, porque ese coste en principio no se podría asumir. Se trata por tanto de darles posibilidades para que cumplan la ley. En la actualidad más de 5000 municipios españoles tienen menos de 1000 habitantes”.

Con la puesta en marcha de la AIPI, todas esas entidades obligadas a tener su sistema de información tienen la obligación de registrar en esa entidad quién es el responsable de información  “Con el apoyo de la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) haremos difundir esta circular informativa para que llegue a todos los municipios del país. Luego tenemos previsto organizar programas de formación de manera conjunta”, aclara el propio Manuel Villoria, quien ya nos confirma otras primeras reuniones con la CEOE y la Cámara de Comercio  España para la difusión de la información de este regulador.