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  • El tribunal reconoce la vulneración del derecho a la igualdad y refuerza el derecho de los pensionistas varones a ser compensados por el trato discriminatorio de la Seguridad Social.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia contundente que obliga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a indemnizar con 1.800 euros a un pensionista varón por haberle denegado injustamente el complemento por maternidad en su pensión de jubilación.

El fallo, conseguido por Unive Abogados, permite al afectado recuperar 13.766 euros en total, entre atrasos e indemnización, después de que el tribunal reconociera que el INSS vulneró su derecho fundamental a la igualdad por razón de sexo, al mantener una práctica discriminatoria hacia los hombres que se prolongó incluso tras la doctrina europea que lo prohibía.

En primera instancia, el Juzgado de lo Social nº 3 de Alicante había reconocido la existencia de discriminación pero limitando la indemnización a 600 euros. Ahora, el TSJ valenciano eleva la cantidad a 1.800 euros, considerando que esta debe ser una reparación íntegra y uniforme para todos los afectados que se vieron obligados a acudir a los tribunales para hacer valer un derecho que ya había sido reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2019.

La abogada responsable del caso, Olga Pérez, de Unive Abogados Murcia, destaca que “esta resolución refuerza la obligación del INSS de indemnizar a los pensionistas varones a los que se les denegó injustamente el complemento por maternidad, consolidando así una línea jurisprudencial que garantiza la igualdad y el resarcimiento económico completo”.

Desde Unive Abogados recuerdan que todavía miles de jubilados pueden reclamar tanto los atrasos del complemento como la indemnización de 1.800 euros, especialmente quienes solicitaron el complemento entre 2016 y 2021 y se encontraron con una denegación por parte de la Seguridad Social.