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Por regla general no se suele separar a los hermanos en un divorcio. Pese a ello, existen excepciones.

Los hermanos son un pilar fundamental para su desarrollo y crecimiento y, cuando se produce un divorcio o separación en el que hay menores de edad, la regla general en un sistema de custodia compartida es no separarlos.

Sin embargo, toda regla general implica que existan excepciones. ¡A continuación te mostramos cuáles!

¿Qué criterios se siguen para separar a los hermanos?

A la hora de tomar la decisión de separar (o no) a los hermanos tras una separación o divorcio, se siguen estos 3 criterios:

1. El interés superior del menor

Cuando se produce un divorcio o una separación se debe tener en cuenta, en todo momento, qué es lo más beneficioso para el menor, o lo que técnicamente se conoce como el “interés superior del menor”.

Este interés superior del menor radica en qué medidas se van a tomar respecto a los menores tras la ruptura conyugal. La finalidad es proporcionarles la mayor estabilidad posible, teniendo en cuenta que lo mejor para ellos será en que crezcan junto a sus hermanos, salvo que, tras valorar el núcleo familiar, se puedan separar si ello no les perjudica para su desarrollo y bienestar.

2. La opinión del niño

Si el menor tiene doce años o es suficientemente maduro, el Juez deberá escucharlo para determinar qué es lo mejor para él. Sin embargo, el hecho de oírlos no significa que deba tomar la decisión en función de lo que diga el menor, sino que se tomará en función de lo que sea más beneficioso para él.

3. La edad y madurez de los menores

He aquí un ejemplo claro de poder separar a los hermanos cuando existen muchos años de diferencia y los que son más mayores tienen su grupo de amigos, se relacionan con gente de su edad, lo que hace evidente que tenga menos cosas en común con sus hermanos menores, por estar en otra etapa de crecimiento y madurez muy distinta.

¿Cómo se pueden adoptar estas medidas?

La adopción de las medidas y la separación de los hermanos dependerá de si los padres están de acuerdo o no.

Si existe acuerdo….

Si existe acuerdo entre los padres se podrá adoptar de mutuo acuerdo en un Convenio Regulador. No obstante, al existir menores, deberá contar con la supervisión del Ministerio Fiscal y la aprobación del Juez, conforme esta separación no perjudica al interés de los menores.

Si no existe acuerdo….

En caso contrario, el Juez deberá tener en cuenta los factores anteriormente expuestos, es decir, el interés del menor, el derecho a ser oídos en un procedimiento de separación o divorcio y la edad de estos.

Laura Dubà




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