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El mercado del alquiler muestra una recuperación de la demanda después del retroceso registrado el año pasado, según el informe de Fotocasa ‘Radiografía del mercado de la vivienda en 2019’.

A pesar de haber aumentado la demanda de viviendas en alquiler, los datos indican que no es una opción valorada por los particulares, sino que se ha producido un efecto rebote. Al subir los precios del alquiler durante los últimos tiempos, muchos demandantes de vivienda han buscado en el mercado para ser propietarios, pero al ver que no pueden acceder por el tema económico han vuelto al mercado de alquiler.

Recordemos que el precio medio de la vivienda de alquiler en España ha aumentado. Ha crecido un 14,32% en el tercer trimestre de este año comparado con 2018, según datos ofrecidos recientemente por el portal inmobiliario Pisos.com.

Al producirse un aumento en el sector del alquiler, ha habido mucha demanda de reformas por parte de propietarios o inquilinos. Pero debemos estar atentos para conocer qué tipo de reformas podemos hacer en nuestro piso de alquiler.

Maria del Carmen Mohedas, abogada de ARAG, explica que, si el propietario no tiene el consentimiento escrito de una reforma por parte del inquilino, éste no puede realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad.

Y en el supuesto de que el arrendatario haya realizado este tipo de obras, el propietario podría dar por finalizado el contrato de alquiler. La abogada explica que “además, si el arrendador no ha autorizado la obra, podrá exigir, en cuanto termine el contrato, que el arrendatario entregue la vivienda igual como estaba al entrar. Y si le interesa tal cual, adelante. Eso sí, el inquilino no puede reclamar ninguna indemnización”. Añade: “Y si hay menos estabilidad o seguridad debido a las obras, el propietario puede exigir al inquilino que deje la vivienda en el estado en el que se encontraba antes de las obras. No hace falta esperar a que finalice el contrato, se puede pedir de inmediato”.

¿Qué obras puede realizar un inquilino sin consentimiento del propietario?

Las únicas obras que puede realizar un inquilino sin ser necesario el consentimiento del arrendador son las obras menores, aquellas que se requieran para conservar o mejorar la vivienda, pero no las de gran envergadura que podrían afectar su configuración o estabilidad.

La abogada de ARAG recuerda que “la regulación normativa es muy genérica y susceptible de interpretaciones, lo que hace que en muchas ocasiones se tenga que acudir a la vía judicial o arbitral para que se resuelva el conflicto y se decida si el inquilino puede realizar un tipo de obra o no”.

Antes de iniciar cualquier reforma, no dude en consultarlo con su propietario o administración de fincas para conocer si realmente puede hacerla, y si quiere estar seguro busque asesoramiento legal.




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