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Mucho se ha hablado sobre las tarjetas ‘revolving’ y la aplicación de la Ley de Usura a estos contratos pero ¿es extrapolable este criterio a los préstamos personales? A juicio del Tribunal Supremo, la respuesta es que sí. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal ha decidido extender al ámbito de los préstamos personales el criterio que ya impuso hace tres años para este tipo de tarjetas: el tipo de interés se considera usurario cuando es superior en seis puntos porcentuales al tipo medio del mercado.

Te contamos los detalles de esta importante sentencia y ponemos a tu disposición a nuestro equipo de abogados especialistas en reclamaciones bancarias. Consúltanos tus dudas sin compromiso.

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