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En el artículo 56 del megaparcheado Código Civil que entrará en vigor el 30 de junio de 2017 nos espeta: «Quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente en acta o expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos o su dispensa, de acuerdo con lo previsto en este Código. Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento.» (apartado nueve de la disposición final primera de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria («B.O.E.» 3 julio).

A partir de esta nueva redacción a punto de entrar en vigor y aprobada por el Parlamento sin cortapisas  las personas con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o sensorial no podrán prestar libremente el  consentimiento exigido como requisito sine qua non para poder contraer matrimonio sin un  informe médico que acredite  estar en posesión de capacidad para hacerlo. Hasta este momento esa acreditación era exigida a las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental pero no así a las personas con discapacidad sensorial que no estaban incluidas en los supuestos del Código Civil. A partir de la entrada de la nueva redacción sí será necesario incluir en el expediente de matrimonio el informe médico a las personas con discapacidad sensorial. A priori. Por tanto, estamos retrocediendo en el sentido de que se están poniendo más limitaciones a un grupo muy amplio de personas con discapacidad como son las personas con discapacidad sensorial desposeyéndolas de la aptitud para prestar consentimiento cuando deseen contraer matrimonio si éste no pasa por el reconocimiento médico exigido.

Contraviene asimismo el espíritu global de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad y no sólo el espíritu sino varios de sus artículos como el 5 (igualdad y no discriminación), el  12 (igual reconocimiento como persona ante la Ley) y el  23 (respeto del hogar y la familia) . Y recordemos que es norma aplicable en España por haber sido aprobada y  ratificada, llevando en vigor desde mayo de 2008, siendo de obligado cumplimiento y no pudiendo legislarse contra el espíritu de la misma.

 Algunas organizaciones como CERMI, ONCE, Asociaciones de Personas con Discapacidad Sensorial Auditiva,  han solicitado su revocación antes de la entrada en vigor. Se está intentando buscar una solución con  la Dirección General de los Registros y el Notariado para que se interprete de forma restrictiva la Ley solicitando el informe médico sólo a las personas que no tienen capacidad para prestar consentimiento.

En resumen: más de lo mismo

Parece que finalmente, una vez detectada la atrocidad y cundiendo el pánico entre los hipotéticos afectados, fue un error del copia/pega tan extendido. Se modifican artículos, se aprueban en el Parlamento por mayoría, pasan errores gravísimos inadvertidos, entran incluso en vigor, algunos contra la Constitución y la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad. No es de recibo. ¿Dónde está el control?  Tratar de pasar por un filtro de capacidad a las personas con discapacidad sensorial a priori para realizar ciertos actos jurídicos como contraer matrimonio vulnera el principio de igualdad.

Simplemente es discriminación por razón de discapacidad. Al resto de la población no se le exige un informe médico para el mismo acto dejando en manos de un tercero una decisión que sólo puede ser emitida desde la libertad de la persona.

Es discriminación. Pura y llanamente. Pero más grave me parece que se hubiese colado un error garrafal entre bambalinas de los que aprueban nuestras leyes, que hubiese transcurrido un tiempo considerable sin que se detectara el error y que ahora se intente corregir con otro parche con la intención de tapar la situación. 

Las personas con discapacidad no se merecen tanta desatención y desprecio de un sistema político que sólo se acuerda de ellos cuando son materia electoral con el fin de aumentar los votos en sus partidos. Luego, las promesas quedan en promesas. Y queremos de una vez por todas resultados factibles. Que ya va siendo hora de ser serios. Más de uno debiera ruborizarse cuando ocurren estas catástrofes a nivel de derechos. Y si son de derechos de las personas con discapacidad todavía más. 

 



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