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Madrid, 23 jun (EFE).- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad un informe que avala algunos de los aspectos principales de la reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal aunque ve necesaria una cláusula que impida el nombramiento de un nuevo fiscal durante el año anterior a la convocatoria de elecciones.

En informe, al que ha tenido acceso EFE, reconoce el reforzamiento de la autonomía que supone desvincular el mandato del fiscal general al del Gobierno, aunque cree que son necesarias otras garantías.

El Poder Judicial señala que esta reforma da respuesta a las principales recomendaciones de la Comisión Europea y del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) para reforzar la autonomía e independencia del Ministerio Fiscal.

Entre ellas, destaca la modificación de los artículos 8 y 9 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que a su juicio fortalecen la autonomía funcional de la Fiscalía al establecer límites precisos a las relaciones entre el Gobierno y la institución.

También alude a la duración del mandato del fiscal general, que pasa de cuatro a cinco años, y a que el cese del Gobierno que haya propuesto al fiscal deje de ser causa automática de cese del fiscal.

Opina el CGPJ en su informe que el anteproyecto que ha elaborado el Ejecutivo da cumplimiento a la recomendación efectuada por el GRECO y considera que un plazo de cinco años desvincula el mandato del fiscal general del Estado de la duración de la legislatura, y consiguientemente, del Gobierno que lo haya nombrado.

De este modo -señala- al desligar el mandato del fiscal de la duración del Gobierno de turno, se rompe la apariencia de que se trata de un cargo de confianza.

No obstante, el CGPJ ve necesaria una cláusula de garantía que impida que el nombramiento del fiscal general se lleve a cabo durante el año anterior a la convocatoria de elecciones.

Con respecto a la aplicación de la causa de cese consistente en el incumplimiento grave o reiterado de sus funciones, considera una garantía adicional que el anteproyecto exija una informe previo del CGPJ, lo que a su juicio permite rodear de ciertas garantías de objetividad el cese del fiscal general.

Aunque ve positiva la regulación de las relaciones entre Gobierno y fiscal general, al establecerse límites a las solicitudes que el Ejecutivo puede dirigirle, prohibiendo que puedan tener por objeto procedimientos concretos, advierte de que la reforma no incorpora una prohibición expresa y taxativa de dirigir al fiscal general órdenes, instrucciones o indicaciones de ningún tipo, en línea con lo previsto para la Fiscalía Europea.

También critica que la reforma no atribuye al Ministerio Fiscal potestad reglamentaria ni capacidad de gestión presupuestaria, ya que la institución sigue sin presupuesto propio, lo que ve como un obstáculo para que exista una autonomía funcional.

Por otra parte, valora positivamente que se elimine la posibilidad de que en casos excepcionales el fiscal general pueda ser llamado a informar ante el Consejo de Ministros.

En cuanto al Consejo Fiscal, el informe indica que la reforma suprime o altera las funciones de un órgano que ha sido elegido por sus miembros en votación secreta y transparente, y lo deja desprovisto de su capacidad de contrapeso.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de mayo el anteproyecto de reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal, que busca garantizar la independencia del fiscal general del Estado al desvincular su mandato de la legislatura.

Esta reforma no se tramitará como una ley independiente, sino que irá dentro de la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, como una disposición adicional, y que entrará en vigor el 1 de enero de 2028.

Con esta ley, el Gobierno no podrá dar instrucciones al fiscal sobre ningún asunto y las comunicaciones entre ambos, que tendrán que ver con el interés general, serán públicas y por escrito por la vía del ministro de Justicia. Por otra parte, el fiscal no podrá ser llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros.