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  • La Audiencia, que lo consideró culpable de un delito de maltrato habitual, agresión sexual, detención ilegal, lesiones y revelación de secretos, también le impuso la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima durante 25 años y medio, así como cinco años de libertad vigilada

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 25 años y siete meses de cárcel a un acusado de maltratar de forma habitual a su pareja, con la que comenzó la relación cuando ella tenía 15 años, y con la que tiene una hija en común. El sospechoso, en una ocasión, la ató con una cuerda y la dejó encerrada en el taller de la vivienda que compartían en Vigo tras haberla agredido sexualmente y sacarle fotografías. El condenado envió las imágenes por wasap a un hombre que la víctima tenía entre sus contactos, quien, al recibirlas, alertó a la policía. La Audiencia, que lo consideró culpable de un delito de maltrato habitual, agresión sexual, detención ilegal, lesiones y revelación de secretos, también le impuso la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima durante 25 años y medio, así como cinco años de libertad vigilada.

El tribunal indica en la sentencia que el testimonio de la víctima, que está corroborado por las declaraciones de los agentes que acudieron a la vivienda, así como de los forenses, fue “sincero, contundente y convincente, sin que se apreciara motivo alguno en la manera en que fue expuesto para dudar de su veracidad”.

“Nos encontramos, en este caso, ante una declaración clara, persistente, coherente y de peso en los aspectos sustanciales y decisivos, carente de incredulidad subjetiva o ánimo espurio y corroborada objetivamente”, indican los magistrados, quienes subrayan que no se observan “contradicciones” en el testimonio de la afectada, “salvo ciertas distorsiones en los tiempos o en la forma de producirse, comprensibles por el impacto que los hechos provocaron en la víctima, pero no en elementos esenciales que puedan afectar a su credibilidad”. Además, resaltan que son “muy significativas, convincentes y corroboradoras” las manifestaciones testificales de los policías que acudieron al lugar de los hechos, quienes comprobaron “la situación y el estado que presentaba la víctima, revelador de la situación que acababa de sufrir”.




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