lawandtrends.com

LawAndTrends



  • Las familias vulnerables podrán pedir la ayuda de 200 euros desde hoy 15 de febrero hasta el próximo 31 de marzo 
  • Los solicitantes no pueden superar los 27.000 euros de renta ni los 75.000 euros de patrimonio 
  • Quedan excluidos todos los hogares que tengan al menos una persona que reciba el Ingreso Mínimo Vital o una pensión, según informan desde TaxDown 

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre nuevas medidas para intentar paliar las consecuencias que la guerra de Ucrania está teniendo en la economía española y proteger a todos los ciudadanos, en especial a los más vulnerables. 

Entre estas medidas figura el abono extraordinario de 200 euros destinado a apoyar las rentas de las familias de clase media en un contexto de inflación. Con esta ayuda que, según el Ejecutivo, alcanzará a 4,2 millones de hogares, se reducirán las situaciones de vulnerabilidad económica que no están cubiertas por otras prestaciones sociales. Los expertos de TaxDown nos dan las respuestas.

¿Qué es la ayuda de 200 euros? 

Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. 

¿Quién puede pedir la ayuda de 200 euros? 

Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, en el 2022: 

  • Tengan residencia habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español). 
  • Hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. O hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo
     
  • No superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).

¿Quién está excluido de la ayuda? 

No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022: 

  • Perciban el Ingreso Mínimo Vital.
  • Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA. 

¿Puede pedir la ayuda un joven que viva con sus padres? 

Sí. En el caso de convivir en el domicilio familiar, se usa como baremo el cómputo conjunto de ingresos (la suma de las rentas de todos los convivientes) y esta suma no debe superar los 27.000 euros anuales. 

Si una persona que vive con sus padres tiene un salario de 18.000 euros al año tendría derecho a cobrar el cheque de 200 euros, pero si en el domicilio uno de los progenitores cobra un salario de 20.000 euros al año, la suma de los dos (38.000 euros) superaría el límite para acceder a esta ayuda. 

Pero si por el contrario la suma de todos los ingresos no supera los 27.000 euros, todos los miembros de la unidad familiar pueden pedir la ayuda, según informan desde TaxDown. 

¿Qué plazo hay para solicitar la ayuda de 200 euros? 

Esta ayuda puede solicitarse desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023. 

¿Cómo se puede solicitar la ayuda? 

La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria:  

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC61.shtml 

Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social, informan desde TaxDown. 

¿Dónde tienen que pedir la ayuda las personas con domicilio fiscal en País Vasco y Navarra? 

Los solicitantes de esta ayuda cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco o Navarra deberán solicitarla a las Instituciones Vascas o Navarra. 

¿Hay que aportar alguna documentación al solicitar la ayuda de 200 euros? 

No, no hay que aportar ninguna documentación. 

La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda. 

Aún así, la Agencia Tributaria puede requerir en cualquier momento documentación justificativa a los solicitantes si así lo consideraran necesario, según informan desde TaxDown. 

¿Cómo se paga la ayuda de 200 euros? 

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria

Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. 

¿Cuál es el plazo que tiene Hacienda para pagar la ayuda? 

El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023

Si no se recibe el pago de la ayuda, ¿se puede reclamar? 

Sí. Si el solicitante está en desacuerdo con la resolución podrá interponer:  

Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir. 

Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. 

¿Hay que declarar el cheque de 200 euros en la renta? 

Sí, según informan desde TaxDown. Aunque esta información no está disponible a día de hoy en la web de la Agencia Tributaria, este cheque tributa como ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la Renta (IRPF), por lo que habrá que incluirlo en la declaración de la Renta del próximo año, en 2024, ya que se concederá este año y no está exento de impuestos.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad