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Jaén es una de las ciudades con más accidentes de tráfico de España En este caso un conductor se llevó por delante a un joven de 30 años. La indemnización civil ascendió al millón de euros ( imagen DGT)

  • El fallo judicial consolida la doctrina en parejas de hecho, de cara a que si no tienes papeles ni estás registrado, pero tienes un hijo en común es una forma de reconocer ese vínculo de unión.

La sentencia del juez del tribunal de instancia de Cazorla, plaza número dos  en Jaén condena fijan que  las compañías AXA y SegurCaixa abonen esa indemnización a los familiares del joven fallecido en un accidente mortal de tráfico.

   
  Imagen de Alvaro Machado, abogado experto en rc de Vosseler Abogados que ha llevado esa reclamación judial. Al final ha logrado para la viuda  y sus cuatro hijos una indemnización cuantiosa   (Vosseler Abogados)  
     

En un fallo judicial con fecha de 26 de enero del 2026, la sentencia 8/2026 firmada por la magistrada Isabel Higuero condena a las compañías aseguradoras al pago de una indemnización que asciende sobre el millón de euros  Según nos indica Alvaro Machado, letrado de la familia de la víctima del despacho  Vosseler Abogados una parte se cobró de forma extrajudicial mientras que la restante, unos 400.000 euros aparece reflejada en el fallo judicial lo que ascendería al millón de euros la totalidad de la indemnización .

Al parecer, esa primera parte de la indemnización por el  parentesco relacionada con la madre, las hermanas y una parte los hijos, esa no la discutieron y la pagaron antes de la vista. Sin embargo, el lucro cesante de los hijos, todo lo que le correspondía a su viuda  la viuda, hubo que interponer una reclamación por vía civil que tras tres años y medios fue estimada la propuesta de forma integra por parte de la jueza que ha llevado este asunto. Son los últimos 400.000 euros antes mencionados en esta información mas intereses.

La sentencia que ya es firme concede la indemnización que faltaba en la vía civil es para su viuda y tres hijos de  L.A.R.S joven hondureño de 30 años que perdió la vida en el  trágico accidente de tráfico en Pozo Alcón (Jaén), ocurrido el 5 de agosto de 2022 en la carretera A-326, fijando las cuantías indemnizatorias para los perjudicados y familiares de L.A.R.S. “En principio se denegaba a la viuda esa indemnización porque no eran pareja de hecho, pese a que tenían una menor de tres meses fruto de la convivencia”.

Según nos comenta la viuda y la niña pequeña volvieron a su país. “La indemnización es grande porque es grande la familia. Una madre, cuatro hermanos, tres hijos, una pareja de hecho. Son nueve familiares de ahí que la indemnización sea elevada. La enjundia es que hubiera sido si la jueza de Cazorla nos hubiera dado el llamado perjuicio excepcional. Reclamábamos que la madre se quedaba con esa niña de tres meses, Ese perjuicio no es el mismo con esta menor. La jueza indicó que eso ya iba incluido en la cuantía”.

Cuatro años de batalla judicial

“Tras años luchando, hemos conseguido que las compañías aseguradoras indemnicen a la familia del fallecido con cuantías que dignifican la pérdida irremplazable de una vida”, afirma Álvaro Machado, letrado de Vosseler Abogados que representa legalmente a la familia del fallecido. “Es una victoria agridulce teniendo en cuenta las bajas penas a las que se enfrenta el conductor, autor material de los hechos”.

El asunto tuvo tres suspensiones en año y medio de ahí que este tema del 2022 se haya resuelto cuatro años después. “La sentencia avala que no es necesario tener un certificado de matrimonio o estar registrada esa pareja de hecho. Con un menor de tres meses en común es necesario. Supone la convivencia more uxorio,  el sentimiento de tener una relación estable a futuro. En la página 9 de la sentencia la jueza indica que en esta pareja se observa una convivencia por un proyecto de vida en común. Es uno de los atractivos jurídicos de este fallo judicial”, explica este letrado.

Sobre el lucro cesante de la situación generada por ese accidente mortal, la jueza estimo la propuesta de forma íntegra de la defensa  “ las dos aseguradoras del conductor infractor plantearon una valoración en base al Salario Mínimo Interprofesional del país de origen que es Honduras, aplicando legislación de ese país. Al parecer este ciudadano hondureño no tenía papeles para trabajar en España.  Pero la jueza recondujo la situación y dejó claro que ese SMI tenía que basarse en la propia legislación española porque realmente la victima de ese trágico accidente hacía su  vida aquí

Para este jurista, cree que no es de recibo que se aprovechen de la situación  de estas personas que vinieron a nuestro país a trabajar de forma precaria en la huerta. Por lo que se ha podido conocer su situación era poco convencional por esa falta de papeles pese a que vino con su familia desde Honduras a ganarse la vida en nuestro país. “Al final la jueza ha reconocido que había una convivencia con ese bebe en común y ha establecido unas indemnizaciones en vía civil que ahora se han visto complementadas en la sentencia”.

Desglose de las indemnizaciones

La sentencia reconoce ahora el grave perjuicio causado a la pareja e hijos del fallecido, distribuyendo en el pronunciamiento las cuantías de la siguiente manera:

•         A la pareja del fallecido (Dña. A.M.R.L.): 227.852,04 euros.

•         A su hija menor (A.T.R.R.): 67.294,53 euros.

•         A su hija (A.L.R.M.): 60.469,52 euros.

•         A su hijo (A.J.R.M.): 43.912,02 euros.

Cabe destacar que las aseguradoras ya se habían "allanado" (aceptado pagar parcialmente) parte de estas cantidades de forma previa, la cantidad de 77.000 euros del total, aunque la sentencia final eleva considerablemente dichas cifras..

Además de las cuantías principales, el juez ha impuesto a las aseguradoras el pago de los intereses del Artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro. Estos intereses actúan como una penalización por la demora en el pago de la indemnización adecuada, lo que incrementa notablemente el montante final que reciben los beneficiarios.

Un suceso con escaso reproche penal

Los hechos se remontan al verano de 2022, cuando el acusado, J.J.M.B., quien conducía sin carnet y con la ITV caducada, se salió de la vía por exceso de velocidad (108 km/h) e impactó frontalmente contra un árbol. En el siniestro, además del fallecimiento de L.A.R.S., resultaron heridos de extrema gravedad otros dos ocupantes.

El tribunal consideró  probada la imprudencia grave del conductor, quien se enfrentaba  a una petición de penas de hasta cuatro años de prisión.  “Sin embargo, el juicio penal ya se ha solventado, hace dos o tres semanas que tenemos la sentencia tras una conformidad porque la familia del fallecido conocía al propio conductor. No quisieron que la sangre llegara al río”.

 “Al final es homicidio por imprudencia meno grave, dos delitos leves de lesiones y doce meses de multa diaria de 6 euros.  El reproche penal es escaso. Imprudencia menos grave y una multa. Lo de siempre. Hasta que no se endurezca las penas  sale a cuenta matar a una persona con un coche”, indica el propio Alvaro Machado.

Mientras el proceso penal ha quedado resuelto  respecto a la responsabilidad criminal, este fallo civil garantiza el sustento económico de los hijos menores y la pareja de la víctima a lo largo de sus próximos años que al final ha vuelto a su país de origen con su hija de corta edad.

El problema radica en los cientos de inmigrantes que llegan a nuestro país a trabajar en condiciones de precariedad absoluta y que si sufren un percance de este tipo pueden tener problemas importantes a la hora de reconocer sus derechos ante determinados siniestros, como ha sido éste comentado en esta información.