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De izda. a dcha.: Antonio Abellán, Natalia Tejera, Eva Papadopulos,. Pilar Trinidad (Subdelegada del Gobierno en Madrid), Lola Calderón, Carmen Armendariz, Gema Cornejo, Isabel Winkels, Lola Fernández Campillo y María Giraldez.

  • Esta iniciativa contará con un Consejo Asesor formado por juristas expertos en la materia

A iniciativa de esta abogada, con una trayectoria amplia en derecho de familia y penal el Colegio de la Abogacia de Madrid presentó la nueva sección de Violencia de Género, en un acto presentado por la vicedecana Isabel Winkles  y que contó  como ponentes con la vocal del CGPJ  y magistrada , Lucia Avilés y de la subdelegada del Gobierno, Pilar Trinidad . El tema que se abordó fue la violencia económica que se produce contra la mujer, reconocida por el nuevo Pacto de Estado pero que aún no tiene una regulación clara en el Código Penal, como demanda la propia Calderón y otros juristas.

Hablamos con Lola Calderón  tras el acto  de puesta de largo de la sección que cuenta con un  Consejo Asesor de  expertos formado por  Gema Cornejo, abogada especializada en derecho de familia y violencia de género, criminóloga y miembro de la AEAFA; Antonio Abellán, abogado penalista y docente del Centro de Estudios del ICAM; Eva Papadopulos, abogada del Turno de Oficio con más de una década de experiencia en violencia de género; Natalia Tejera, abogada especializada en derecho penal de familia y docente en el curso de acceso al turno de violencia sobre la mujer del ICAM; y Carmen Armendáriz, profesora de Derecho Penal en la Universidad Complutense de Madrid y directora de la Unidad de Igualdad..

LawandTrends: La primera sesión se habló de violencia económica como violencia de género,  ¿qué resumiría de la intervención de la magistrada Lucia Avilés?

Lola Calderón:  De la brillante intervención de la magistrada Lucía Avilés en la sesión inaugural de la Sección, destacaría tres ideas clave que resumen con claridad la urgencia de reconocer y abordar la violencia económica como una forma específica de violencia de género.

En primer lugar, expuso con gran precisión las múltiples dimensiones de esta violencia, subrayando que va mucho más allá del impago de pensiones. La violencia económica abarca toda conducta dirigida a controlar, limitar o mermar los recursos económicos de la mujer, con el objetivo de restringir su autonomía y su capacidad de decisión. Se trata, como señaló, de una herramienta de dominación silenciosa pero profundamente destructiva.

En segundo lugar, puso de relieve la importancia de que esta modalidad de violencia ya haya sido reconocida en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Este reconocimiento constituye un avance fundamental, pues legitima y visibiliza una realidad que durante años ha permanecido en la esfera privada y desatendida por el Derecho. Su inclusión en el Pacto impone una obligación ética y jurídica para todos los operadores del sistema: actuar con firmeza frente a esta forma de maltrato.

Y, finalmente, planteó con claridad la necesidad de avanzar hacia una reforma legislativa que permita tipificar expresamente la violencia económica en nuestro Código Penal. Esta medida no solo proporcionaría a la judicatura herramientas más eficaces para proteger a las víctimas, sino que también enviaría un mensaje claro y contundente a la sociedad: el control económico es una forma de violencia y debe tener consecuencias jurídicas.

L&T: ¿Qué papel debe jugar el ICAM en el nuevo Pacto de Estado? ¿ Es el momento de hacer reformas en la normativa actual?

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid no puede ni debe ser un mero espectador ante la configuración y ejecución del nuevo Pacto de Estado contra la violencia de género. Su papel debe ser el de un protagonista activo y un pilar fundamental en este proceso, con una función que se articula en tres líneas esenciales.

En primer lugar, como voz experta, la abogacía está en la trinchera, actuando día a día en los juzgados y siendo testigo directo de las deficiencias del sistema, las lagunas legales y las dificultades que enfrentan las víctimas. Por ello, el ICAM debe posicionarse como un órgano consultivo indispensable para el legislador, aportando propuestas de mejora basadas en la experiencia práctica y orientadas a lograr una respuesta jurídica efectiva y realista.

En segundo lugar, como motor de formación, es nuestra responsabilidad garantizar que todos los abogados y abogadas que intervienen en procedimientos relacionados con la violencia de género cuenten con la máxima especialización. Una formación continua, rigurosa y actualizada desde la perspectiva de género es el único camino para asegurar una defensa y protección adecuadas para las víctimas.

Finalmente, como agente de sensibilización, el ICAM debe liderar y promover el debate social, visibilizando formas de violencia que aún permanecen invisibilizadas o normalizadas, como la violencia económica, entre otras.

Pilar Trinidad, Isabel Winkels, Lola Calderón, Lucia Aviles, Cristina Vallejo (Decana de Barcelona) y Lola Fernández Campillo

L&T; Y de posibles reformas legislativas , ¿Qu puede comentarnos?...

L.C.; Respecto a la necesidad de reformas normativas, la respuesta es clara: sí, es absolutamente inaplazable reformar la normativa actual. La sociedad evoluciona y con ella las formas en que se ejerce la violencia.

La ley no puede mantenerse estática ni anclada en enfoques obsoletos. Un ejemplo claro es la violencia económica, reconocida en el Pacto de Estado, pero cuya tipificación penal sigue siendo insuficiente, generando impunidad y desprotección para las víctimas.

Por ello, no se trata simplemente de realizar parches legislativos, sino de impulsar una reforma valiente y decidida que adapte nuestro marco normativo a la realidad del siglo XXI.

Es imprescindible incluir de manera expresa y efectiva no solo la violencia económica, sino también la violencia digital y otras manifestaciones emergentes de la violencia de género.

El mensaje debe ser inequívoco: ninguna forma de violencia contra la mujer quedará impune.

L&T: ¿Cómo afecta la conversión de los juzgados de viogen en secciones de los tribunales de instancia,  muchos expertos se han quejado de que necesitan más medios?

L.C.: Esa pregunta pone el dedo en una de las llagas más profundas de nuestro sistema de justicia en materia de violencia de género: la falta de una especialización real y universal, junto con la escasez de medios, que son dos caras de la misma moneda.

En primer lugar, el problema de la jurisdicción dividida resulta especialmente dañino. Cuando asuntos civiles esenciales derivados de situaciones de violencia —como divorcios, custodias o liquidaciones de gananciales— se tramitan en juzgados de instancia no especializados, se produce una fragmentación de la respuesta judicial que resulta devastadora para la víctima. Esta fragmentación provoca varias consecuencias negativas:

Por un lado, se pierde la visión integral del caso, ya que el juez del juzgado de violencia sobre la mujer, quien conoce el contexto criminal y las dinámicas de abuso, pierde el control sobre decisiones civiles que en realidad son una extensión de esa violencia.

Esto puede dar lugar a resoluciones contradictorias, por ejemplo, cuando un juzgado de violencia impone una orden de alejamiento mientras un juzgado de familia establece un régimen de visitas sin supervisión.

Además, esta división provoca una revictimización de la mujer, obligándola a peregrinar por distintas sedes judiciales y a relatar repetidamente su historia ante jueces que carecen de formación específica, reviviendo el trauma y generando un desgaste que muchas veces lleva al desistimiento.

Por último, esta fragmentación no descarga trabajo, sino que multiplica la burocracia, ralentiza los procesos y genera inseguridad jurídica, perjudicando principalmente a mujeres y menores.

En segundo lugar, la urgencia de dotar de más medios es una realidad innegable. La Ley Integral fue pionera, pero sin presupuesto es solo un papel sin aplicación efectiva. La falta de recursos en los juzgados de violencia sobre la mujer es crónica y se manifiesta en una sobrecarga de trabajo y retrasos, donde jueces, fiscales y funcionarios no pueden dedicar el tiempo necesario a cada caso, dejando a las víctimas en una situación de vulnerabilidad.

En resumen, la solución es doble y urgente: por un lado, debe garantizarse por ley que toda causa civil vinculada a un acto de violencia de género permanezca en el juzgado especializado, evitando la fragmentación de la respuesta judicial.

 Y, por otro lado, es imprescindible una inversión económica real y sostenida para dotar a estos juzgados de los recursos humanos y materiales necesarios para proteger a las víctimas con eficacia y dignidad. No es un gasto, sino la inversión más importante que podemos hacer como sociedad para garantizar justicia y protección real.

L&T: ¿Cree que el sistema está funcionando rápido y bien para resolver las agresiones que sufren las mujeres?

L.C.: La violencia de género es una violencia estructural que se sustenta en una cultura machista basada en la posesión y el control. El asesinato es la manifestación más extrema de esa lógica perversa: “si no eres mía, no serás de nadie”.

Mientras no erradiquemos esta mentalidad desde la educación y el cambio cultural, estaremos luchando solo contra sus consecuencias, no contra la raíz.

Además, hay fallos en la detección del riesgo. Las herramientas policiales de valoración del riesgo, como VIOGEN, son útiles, pero no infalibles. Muchas veces no se detecta la escalada de la violencia psicológica o el control, que constituyen la antesala del asesinato.

No siempre el agresor tiene antecedentes penales, pero sí un patrón de maltrato sutil y constante que el sistema no logra identificar a tiempo.

Asimismo, el momento de ruptura es el más peligroso. Muchas mujeres son asesinadas cuando deciden romper la relación, denunciar o iniciar una nueva vida. En ese instante, el agresor percibe que pierde el control y su reacción suele ser la más violenta. Por ello, el sistema debe volcar toda la protección posible en este momento crítico.

En cuanto a si el sistema funciona de forma rápida y eficaz, siendo totalmente sincera: no, no funciona como debería. Contamos con una de las leyes más avanzadas del mundo, la Ley Integral de 2004, y con profesionales extraordinarios entregados a esta causa, pero su aplicación práctica resulta lenta, burocrática y carece de los medios necesarios para ser realmente efectiva.

El sistema es mayoritariamente reactivo y no proactivo: intervenimos cuando la mujer da el paso valiente de denunciar, pero fallamos en la prevención y en la detección temprana en ámbitos clave como la sanidad, la educación o los servicios sociales.

La lentitud de la justicia es un riesgo mortal. Órdenes de protección que tardan en dictarse, juicios que se aplazan o la falta de seguimiento riguroso de las medidas impuestas crean ventanas de impunidad que el agresor puede aprovechar. En violencia de género, la justicia lenta no es justicia, sino un factor de riesgo.