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La compañía farmacéutica Genmab obtuvo una primera autorización de comercialización (“AC”) para un medicamento “A” que contenía el principio activo ofatumumab (la “AC anterior”). Posteriormente, revocó dicha AC.

Tiempo después, Genmab obtuvo una segunda AC (la “AC posterior”) para un nuevo medicamento “B”, destinado a otra indicación terapéutica distinta de la del medicamento “A”; pero cuyo principio activo era también ofatumumab. Sobre la base de esta “AC posterior” solicitó, ante la Oficina de patentes de Hungría, que se expidiera un certificado complementario de protección (“CCP”) para el medicamento “B”. La Oficina de patentes Hungría denegó la solicitud al considerar que la AC posterior no era la primera AC, a efectos del requisito del art. 3(d) del Reglamento (CE) nº 469/2009 (“Reglamento de CCP”), para el ofatumumab.

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