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Imagen de la vista del TJUE en el caso Obadal donde se discutieron las cuestiones prejudiciales planteadas por el Supremo (TJUE)

  • El fallo del tribunal de Luxemburgo podría obligar al Gobierno a realizar un reforma legislativa y hacer fijos a estos profesionales

A la espera de la posible sanción al Gobierno de España por no trasponer desde hace veintitrés años la Directiva 1999/70 , y cuando el diputado Josep Pagés Junts ha realizado la pregunta parlamentaria en relación a la información que publicaba nuestro medio sobre el próximo reembolso de los 626 millones congelados, este diario puede confirmar que,  tras el señalamiento para votación y fallo del 10 de marzo de la sentencia  Obadal,la Gran Sala del TJUE hará pública  este importante fallo judicial el próximo 14  de abril a modo de contestación de las prejudiciales de la Sala Social del Supremo planteadas recientemente.

Esa sentencia ya tuvo conclusiones del abogado general en octubre del 2025. Un fallo judicial esperado en un momento de calma tensa en una situación que mantiene a cerca de un millón de interinos en fraude de ley frente a unas administraciones que no resuelven el problema que tienen sobre la mesa.  Mientras tanto las administraciones están cesando  muchos interinos. En justicia, con la excusa de los tribunales de instancia muchos profesionales se han visto en calle, lo que merma el funcionamiento de muchos tribunales de instancia.  Este fallo judicial podria reactivar una situación de paron donde no acaban de llegar las sanciones de la Comisión Europea a nuestro país por no trasponer la Directiva 1999/70

   
  Javier Arauz de Robles, cree que esta sentencia del TJUE puede ser definitiva para resolver este problema de los interinos en fraude de ley (Imagen cedida propia)  
     

Para Javier Arauz de Robles, defensor del colectivo y abogado del Estado en excedencia,  “la sentencia próxima del TJUE que se conocerá en los próximos días  va a aclarar el camino ya casi de forma definitiva.  Esperemos que el contenido sea positivo. Desde su punto de vista “es el informe más positivo que hemos tenido hasta ahora por la contundencia de sus argumentos. Deja en muy mal lugar al Tribunal Supremo instigador de la cuestión prejudicial desde su Sala Social. Ofrece la solución que ya había dicho el TJUE en otras sentencias. Si no se ha fijado ninguna sanción, o las fijadas no cumple con la directiva comunitaria, no cabe más remedio que la transformación en fijos de esos profesionales”. Este jurista aportó  estas conclusiones a la Comisión para que las incorpore al expediente sancionador de nuestro país.

En esta sentencia este jurista nos indica que se está resolviendo “una cuestión fundamental sobre cuál es la medida sancionadora que aplican las administraciones empleadoras que abusan de la temporalidad. Por su lado, se discute si tiene eficacia directa la directiva y si las administraciones españolas pueden transformar la relación temporal en fija, pese a que sea contrario al derecho nacional y, por otro lado se aclarará el tema de una posible indemnización y que requisitos debe cumplir ésta para que cumpla las exigencias de medida sancionadora, proporcional y efectiva, así como disuasoria. Son dos cuestiones clave y creo que se va decantar por una de ellas. La fijeza excluiría a la indemnización, pero igual en supuestos muy graves pueden compaginarse”.

En su opinión, “si se siguiera el criterio del TJUE que en un 70% de los casos sigue las directrices del Abogado General, debería seguir esas tesis. Así en sus conclusiones vino a decir que en casos muy graves no bastaba con la conversión, sino que podría establecer una indemnización adicional. también dijo que esa indemnización no podría ser limitada a meses por año de servicio como señala la ley 20/2021, tendría que tener complementos sancionadores. Al ser una sentencia de Pleno confiamos que sea más definitiva y más clara de lo que ha sido hasta ahora. Esta sentencia puede ser definitiva desde el punto del Derecho de la UE”, apunta

Desde su punto de vista, este nuevo fallo del TJUE debe ser clave para que nuestro Gobierno haga una reforma y estabilice al personal el fraude de ley. “Se trataría de formular una ley de punto final que es lo que se está debatiendo en los últimos meses en el Congreso de los Diputados. Si la sentencia es clara, igual no es necesaria dicha ley, pero, por otro lado podría ser el primer paso para que el Gobierno trasponga, veintitrés años después de la directiva 1999/70. Esa ley de punto final crearía la figura del fijo a extinguir para frenar el abuso existente y al mismo tiempo recuperar a los interinos ya cesados, con medidas que se aprueben para evitar este nuevo exceso de temporalidad en el futuro. Urge legislar y resolver esta situación que perjudica a miles de familias”.

El Abogado General marca el camino

   
  Francisco Javier Ramón considera que el TJUE debería seguir al Abogado general e implementar la fijeza a este colectivo en fraude (BDO Abogados)  
     

Por su parte, Francisco Javier Ramón, socio responsable de derecho público de BDO Abogados  recuerda que las conclusiones del abogado general del pasado 9 de octubre fueron concluyentes. “Es previsible que siga el TJUE estas conclusiones, como en muchos casos. En aquel dictamen se decía que si no existí medida en el ordenamiento jurídico interno que vaya a evitar el abuso de la contratación temporal, con medidas eficaces y disuasorias, la conversión de esa relación temporal en fija sería posible. Observa que en el ordenamiento jurídico español no hay medidas contra el fraude”.

Y es que para el propio Abogado General ni los procesos selectivos ni la ley 20/2021 de estabilización de reducción del empleo temporal de 28 de diciembre, son medidas que no ayudan a frenar el abuso. “Eso ya lo dijo el TJUE en su sentencia de 13 de junio de 2024 y ahora lo recoge  en sus conclusiones. Sobre las compensaciones que se prevén en la ley que son dos, una la de la disposición adicional decimo séptima del EBEP y otra la que preveía el artículo 2.6 de la citada ley, donde hablaba de 20 días por año trabajado con el límite de doce mensualidades, igual a un despido objetivo tampoco son adecuadas. Dice la indemnización debe ejercer una función reparadora íntegra y no se puede topar”.

En sus conclusiones Ramón recuerda que también este Abogado general plantea la responsabilidad de la administración, en cuanto a que aquella administración o funcionario que haya abusado de la contratación temporal de empleados públicos debería ser expedientado. “Si hay abuso en esa contratación temporal y no hay medidas para frenarlo, la fijeza debe ser una medida posible. Creo que el TJUE será contundente. Pude seguir la vista en Luxemburgo, las interpelaciones de los magistrados y del propio Abogado General parece que apuntan en ese sentido”.

Para este jurista “creo que este fallo judicial puede ser acicate para que los políticos se muevan de verdad e impulsen una reforma legislativa para resolver la problemática de este millón de interinos en fraude de ley”. Nuestro interlocutor recuerda que a ultima hora, la figura del fijo extinguir planteada por una parte de la cámara fue tumbada por PSOE, PP, PNV y VOX frenaron la moción planteada por Podemos con aquella respuesta del ministro Oscar López que llegó a decir que la fijeza no se podría hacer por in contra la Constitución esa medida. La contundencia del TJUE podría precipitar las cosas y hacer que el Gobierno español haga la reforma que se espera haga.

Hay que romper la inercia

   
  Beatriz González, cree que el TJUE ya ha sido claro y que lo que debe hacer el Tribunal Supremo es cumplir la ley (Imagen cedida por la abogada )  
     

Por su parte, otra abogada experta en derecho público como es Beatriz González, ya nos dijo con las conclusiones del Abogado General que las cuestiones que plantea la Sala Social del Supremo sobre si es posible la fijeza automática o hay que incrementar las indemnizaciones, el Abogado Genera lo resuelve “cuando hay un trabajador en abuso, ese abuso hay que sancionarlo, conforme a los principios de equivalencia y efectividad y que la sanción sea adecuada, proporcionada y disuasoria. Eso es lo que vengo diciendo en muchos de mis juicios. Son palabras literales suyas. Ni el indefinido no fijo ni los procesos selectivos de la ley 20/2021 resuelven el abuso, esto ya lo dijo el TJUE en sus últimas sentencias”.

Ahora, cuando le damos la noticia recuerda las preguntas a lo largo de estas semanas de muchos de sus clientes, preocupados por el futuro. “Hemos pasado varias veces por esta situación y Europa ya lo ha dicho varias veces cuál puede ser la solución. la cuestión final es la disposición del Supremo a cumplir la legalidad y a cumplir con lo que le diga el TJUE.  La Sala Social del Supremo preguntó aquello sobre que tenia dudas y ahora el TJUE va a resolver. El efecto que se está generando en algunos fallos judiciales en estos meses es negativo, en algunas resoluciones no se reconoce ni el abuso. Estamos viendo un retroceso, sobre todo el contencioso administrativo, antes lo reconocían hace tres años. Ahora hay que pelear el abuso del que se habla”.

Esta experta nos confirma los numerosos ceses que se han producido en el 2025, muchos de ellos en los tribunales impugnados. “Ahora habrá que ver qué es lo que dice el TJUE en relación a las recomendaciones del Abogado General sobre las dudas de la Sala Social del Supremo a aplicar las últimas sentencias del TJUE, con aquella expresión contra lege que aparecía en la sentencia del TJUE del 13 de junio de 2024 (asuntos C-331/22 y C-332/22).  El tema esta claro y focalizado. Habrá que ver qué tipo de sentencia el TJUE hace público el próximo 10 de marzo. En principio hay que ser prudente visto los últimos acontecimientos que hemos vivido”.

Por el momento, pese a que la ley 20/2021 hablaba de estabilizar al personal en fraude de ley con fecha 31 de diciembre del 2024 entre las impugnaciones de los procesos selectivos y la falta de pericia de las administraciones, con procesos y baremaciones diferentes, el caos ha surgido en algunas CCAA. En el caso de la Comunidad de Madrid de Isabel Díaz Ayuso es la autonomía con más profesionales por estabilizar. En el otro lado, Cataluña habría ya estabilizado a un 90 % de sus interinos, cerca de 13.000 profesionales. En su opinión, “llevamos con este tema muchos años y cuestiones como que el indefinido no fijo no es una sanción adecuada lo ha dicho ya varias veces el TJUE, entre otras cuestiones. El Supremo debe dejar de preguntar y aplicar lo que se le dice desde el TJUE”.