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Lo bueno de un blog como el que tiene Abooga, el directorio de la Asociación Española de Abogados de Familia, AEAFA, es que te pone en contacto a golpe de click con el abogado de familia más cercano de tu circunscripción. Una de las secciones más consultadas es su blog https://abooga.es/blog, una tribuna real como la vida misma, porque su contenido se nutre de casos cotidianos que le pueden pasar a cualquier con un trasfondo jurídico importante que hay que saber resolver.

Según los expertos, esta problemática residencial viene dada por tres factores que confluyen en el tiempo. Por un lado, la escasez de oferta nueva: Se construyen menos de tres inmuebles por cada mil habitantes, muy por debajo de las cifras necesarias para equilibrar el mercado. A ello se suma la presión de la demanda: La creación de más de 275.000 hogares anuales y la migración hacia grandes núcleos urbanos tensionan los precios. Y, finalmente, la proliferación de viviendas de uso turístico reduce el parque residencial disponible en zonas de alta afluencia (como Madrid, Barcelona, Baleares o Canarias

Ante este escenario, el blog de Abooga pretende responder a una cuestión cada vez más habitual: el heredero que, por la fuerza, se hace con la propiedad familiar y se instala allí para desesperación del resto de la familia, que también tiene derecho a ese bien. De alguna forma, esa persona se convierte en un «okupa», un término que subraya la situación de muchos coherederos o familiares que toman una posesión por la fuerza que no es exclusivamente suya para mantenerla casi a perpetuidad.

En esta consulta se responden a cuestiones como ¡Que sucede cuando uno de los hijos okupa la vivienda de los padres fallecidos? ¿Qué pueden hacer el resto de herederos ante esta situación? O ¿Qué ocurre si la herencia ya está repartida formalmente pero el heredero okupa sigue en la vivienda que no es exclusivamente suya? Al final no son situaciones fáciles. Cada caso tendrá sus particularidades por lo que es muy importante ponerse en manos de un abogado de familia.

Como uno de los consejos que se ofrecen: que el testamento sea absolutamente claro y si es posible optar por el reparto de bienes a cada heredero con titularidad exclusiva, más que repartirlo todo entre todos… sin duda se evitan estos desagradables problemas.