Pamplona, 17 dic (EFE).- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado este miércoles una condena de 4 años y 6 meses de prisión impuesta a un acusado que asestó un navajazo en la ceja a un hombre al que intentó robar en Pamplona.
El alto tribunal navarro ratifica la sentencia dictada el pasado junio por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que condenó al procesado a 1 año y 9 meses de prisión por un delito de robo con violencia o intimidación con uso de instrumento peligroso en grado de tentativa y a otros 2 años y 9 meses por un delito de lesiones con empleo de instrumento peligroso.
Los hechos ocurrieron sobre las 17.30 horas del 30 de abril de 2023 en la zona de acceso a los frontones del barrio pamplonés de la Rochapea, donde la víctima fue abordada por el acusado y un menor que le acompañaba, quienes le exigieron que entregara sus pertenencias.
Ante la negativa del hombre, el procesado le agredió sin mediar palabra con una navaja, causándole una herida en la ceja derecha, mientras que el menor le propinó un puñetazo que le hizo caer al suelo. Los agresores aprovecharon la situación para registrarle la ropa, aunque huyeron sin sustraerle ningún objeto al aproximarse dos personas al lugar.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió una herida incisa de unos cuatro centímetros en la ceja derecha, que afectó al tejido celular subcutáneo, precisó puntos de sutura y requirió 30 días para su curación. Como secuela, presenta una cicatriz facial visible.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 4.050 euros, cantidad de la que se descontarán los 2.723,21 euros ya abonados por el otro implicado en el Juzgado de Menores.
El TSJN ha desestimado tanto el recurso del condenado, que solicitaba la absolución o una rebaja de la pena por el delito de lesiones, como el presentado por la víctima, que reclamaba una indemnización de 10.000 euros. La Fiscalía había solicitado la confirmación íntegra de la sentencia.
La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, considera acreditados los hechos a partir del conjunto de las pruebas practicadas, entre ellas la declaración del denunciante, el testimonio de una testigo, el atestado policial y el informe forense.
