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  • El Juzgado de lo Social nº1 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera que reconoce el derecho de una persona trabajadora del sector privado a percibir la retribución correspondiente al permiso parental de ocho semanas, en aplicación directa de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional.

La resolución judicial, fechada el 30 de junio, se fundamenta en la claridad, precisión e incondicionalidad de la normativa europea, cuyo plazo de transposición por parte del Estado español venció el 2 de agosto de 2024. Ante la falta de adaptación normativa, el juzgado ha optado por aplicar directamente la Directiva, recordando que el derecho de la Unión Europea prevalece sobre el nacional cuando este último incumple sus obligaciones.

“El incumplimiento por parte de España en regular el carácter retribuido o las prestaciones del permiso parental no impide aplicar directamente la Directiva (UE) 2019/1158 (...), pues entender lo contrario sería tanto como dejar de aplicar el derecho reconocido a favor de los trabajadores”, recoge la sentencia.

USO exige cumplimiento inmediato

El sindicato USO (Unión Sindical Obrera) ha celebrado esta sentencia como un avance decisivo en la protección de los derechos laborales y ha reiterado su exigencia al Gobierno para que regule de forma inmediata la retribución del permiso parental.

Desde la entrada en vigor del permiso en 2023, USO ha denunciado que su configuración actual —sin remuneración— convierte este derecho en un privilegio inaccesible para quienes no pueden permitirse dejar de cobrar durante ocho semanas. En palabras de Lourdes Pedrazuela, secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Formación de USO:

“Desde USO consideramos esencial que el permiso parental sea retribuido de forma inmediata. Sin embargo, ante la inacción del Gobierno, sólo nos queda la vía judicial. Nuestra prioridad es la protección de los derechos de las personas trabajadoras. Si esa protección solo se consigue por vía judicial, estaremos del lado de las personas trabajadoras para asesorarles y acompañarles en el proceso”.

Un derecho europeo ignorado por España

La Directiva (UE) 2019/1158, aprobada el 20 de junio de 2019, establece que los Estados miembros deben garantizar la remuneración de al menos dos semanas del permiso parental. España, sin embargo, ha incumplido esta obligación, lo que ha generado un vacío legal que ahora empieza a ser corregido por los tribunales.

La sentencia de Barcelona se suma a otros pronunciamientos similares en el ámbito público, como el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Valladolid, que reconoció el derecho de un funcionario a disfrutar del permiso con salario completo. No obstante, esta es la primera resolución firme en el sector privado, lo que marca un precedente relevante para futuras reclamaciones.

¿Qué implica esta sentencia?

  • Reconoce el derecho a percibir salario completo durante el permiso parental.

  • Aplica directamente la normativa europea, pese a su falta de transposición.

  • Abre la vía judicial como herramienta para exigir derechos laborales.

  • Refuerza la posición de sindicatos como USO en la defensa de la conciliación.

¿Qué puede hacer una persona trabajadora?

USO recomienda acudir a sus sedes para recibir orientación jurídica personalizada. El sindicato ofrece asesoramiento para iniciar reclamaciones judiciales, especialmente en casos donde el permiso parental ha sido denegado o concedido sin retribución.

“Porque sin retribución, no hay conciliación”, concluye el comunicado de USO.