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El régimen abierto penitenciario es el régimen de vida que corresponde al tercer grado de clasificación. Permite al penado cumplir el resto de la condena en semilibertad: sale del centro para trabajar o formarse y mantiene sus vínculos en el exterior, sujeto a control.

Se regula en el Reglamento Penitenciario (Real Decreto 190/1996) y se desarrolla, por lo común, en un Centro de Inserción Social. Su finalidad es preparar de forma gradual la vuelta a la vida en libertad.

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