Segovia, 15 oct (EFE).- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado de 11 a seis años de prisión la condena impuesta a un joven por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años, al apreciar una atenuante analógica por la proximidad de edad y madurez entre ambos.
La sentencia estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado contra el fallo dictado en febrero por la Audiencia Provincial de Segovia.
El Tribunal considera probado que el acusado, nacido en el año 2000, mantuvo entre febrero de 2022 y mayo de 2023, una relación de carácter sexual con una menor, nacida en 2007, iniciada tras un periodo previo de amistad.
Aunque las relaciones fueron consentidas por la joven, que por entonces contaba con 14 años, el Tribunal recuerda que el consentimiento de una persona menor de 16 años carece de validez penal.
No obstante, la Sala aprecia que entre ambos no existía una diferencia sustancial "ni en el terreno físico ni en el madurativo", según señala la sentencia, ni se produjo un abuso emocional o situacional que anulase el consentimiento de la menor.
Por ello, aplica de forma analógica la cláusula del artículo 183 bis del Código Penal, lo que permite reducir la pena de prisión a seis años.
El Tribunal mantiene el resto de pronunciamientos de la sentencia de la Audiencia Provincial, entre ellos la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros durante 12 años, la inhabilitación especial para trabajos con menores de 16 años, la medida de libertad vigilada durante ocho años y la obligación de indemnizar a la víctima con 8.000 euros por daños morales.
