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Ya no serán válida una dirección de email como canal interno y hay que impartir formación sobre cómo funciona el canal. El pasado 15 de enero de 2026, la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) publicó tres Recomendaciones (1/2025, 1/2026 y 2/2026) destinadas a clarificar criterios interpretativos y a fijar pautas prácticas para el correcto diseño, implantación y gestión del Sistema Interno de Información (SII), regulado en la Ley 2/2023.

Aunque estas Recomendaciones no tienen carácter vinculante, sí establecen el estándar técnico y organizativo que previsiblemente será tomado como referencia en futuras actuaciones inspectoras y procedimientos sancionadores. En la práctica, marcan un antes y un después en el nivel de exigencia sobre los canales éticos de las empresas.

A continuación, resumimos los principales cambios que toda organización debería revisar de inmediato.

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