JUC


La pornografía un delito que se castiga con penas ejemplares. A este técnico informático por distintas cuestiones le han caido 60 años de cárcel (Imagen archivo cadena Ser)

  • La suma aritmética de las penas impuestas en concurso real asciende a más de 61 años de prisión. A ello se añaden diez años de libertad vigilada, prohibición de aproximación y comunicación con una de las víctimas durante ese mismo período, e inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio con contacto directo con menores por un tiempo superior en cinco años

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha dictado hoy Sentencia núm. 318/2026 condenando al procesado como autor de catorce delitos de descubrimiento y revelación de secretos, un delito de posesión de pornografía infantil para uso personal y un delito de abuso sexual, imponiendo penas que alcanzan, en su conjunto, más de sesenta y un años de prisión en concurso real, medidas de alejamiento, libertad vigilada e inhabilitaciones especiales.

El letrado David Fechenbach Marcos, socio director de Fechenbach Abogados, ejerció la acusación particular en representación de cuatro de las víctimas, en un procedimiento que se prolongó desde el año 2018 hasta la celebración del juicio oral en abril de 2026. Fechenbach Abogados es un despacho especializado en derecho penal y asuntos de especial complejidad.,

Los hechos declarados probados reflejan que el condenado, aprovechando su actividad como técnico informático en Ibiza, accedió de forma sistemática y sin consentimiento al contenido íntimo de los dispositivos que sus clientes le entregaban para reparación, copiando y almacenando fotografías y vídeos de naturaleza privada y sexual en sus propios equipos.

 En el mismo dispositivo, el tribunal encontró también una extensa colección de pornografía infantil. Adicionalmente, en relación con una de las víctimas representadas por este despacho, quedó acreditado que el condenado abusó sexualmente de ella mientras dormía, grabando los hechos.

La defensa planteó a lo largo del procedimiento diversas cuestiones previas relativas a la nulidad de la entrada y registro, a una supuesta ruptura de la cadena de custodia de las evidencias digitales y a la vulneración del principio acusatorio, todas ellas desestimadas por la Sala tras un exhaustivo análisis probatorio.

El tribunal ha fijado indemnizaciones para cada una de las víctimas, y ha acordado la distribución proporcional de la consignación efectuada durante el procedimiento, sin perjuicio de las cantidades pendientes de abono.

La suma aritmética de las penas impuestas en concurso real asciende a más de 61 años de prisión. A ello se añaden diez años de libertad vigilada, prohibición de aproximación y comunicación con una de las víctimas durante ese mismo período, e inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio con contacto directo con menores por un tiempo superior en cinco años a la pena de prisión impuesta por el delito de abuso sexual.

 El cumplimiento efectivo quedará sujeto a los límites y reglas de acumulación que establece el artículo 76 del Código Penal, cuya aplicación concreta corresponde determinar al juzgado de vigilancia penitenciaria en fase de ejecución.

Desde Fechenbach Abogados queremos expresar nuestra satisfacción por una resolución que reconoce en toda su extensión el daño infligido a las víctimas, que confiaron en nuestro despacho para que su voz fuera escuchada a lo largo de un proceso excepcionalmente largo y técnicamente complejo. La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Por último, desde este despacho queremos trasladar nuestro reconocimiento expreso a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares, y en particular a su magistrada ponente, por la calidad, el rigor y la valentía de esta resolución.

 En un momento en que los órganos judiciales son objeto de cuestionamiento constante —muchas veces interesado e injusto—, sentencias como la de hoy demuestran que nuestros tribunales son capaces de analizar con precisión técnica hechos de gran complejidad probatoria, proteger con firmeza los derechos fundamentales de las víctimas y hacer frente, sin concesiones, a estrategias defensivas dirigidas a obstaculizar la acción de la justicia.

La independencia, la preparación y el compromiso con la tutela judicial efectiva que refleja esta sentencia merecen ser reconocidos públicamente, y este despacho no quiere dejar de hacerlo.