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El equilibrio entre la seguridad pública y la privacidad ha vivido un nuevo episodio clave. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia fundamental en el Asunto C-57/23, aclarando hasta dónde pueden llegar los Estados miembros al recolectar y almacenar huellas dactilares, fotografías y perfiles genéticos (ADN) de personas sospechosas.

La resolución confirma que el Derecho de la Unión no prohíbe que las autoridades policiales y judiciales recojan y conserven datos biométricos y genéticos de personas encausadas por delitos dolosos. Sin embargo, esta potestad no es un cheque en blanco.

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