Vitoria, 14 nov (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado una condena por corrupción de menores de dos años de prisión a un hombre que grabó desnuda a una menor, a la que atrajo asegurándole que iba a trabajar en una oficina de captación de futbolistas.
El Superior ha ratificado así la condena impuesta por la Audiencia de Álava. Se le ha condenado por las grabaciones pornográficas, pero se le ha absuelto de un presunto delito contra la libertad sexual -mantuvieron relaciones- al estimar el tribunal que la víctima no tenía anulada su capacidad de consentir las mismas.
Según el relato expuesto en la sentencia, el enero del 2021 el acusado contactó con la víctima, que era mayor de 16 años -edad mínima de consentimiento sexual- pero menor de 18 años, minoría de edad que el acusado conocía.
La excusa fue ofrecerle un trabajo en la asociación "F5 Sport Arena", de la que era responsable el acusado, dedicada supuestamente a la captación y promoción de futbolistas jóvenes, fundamentalmente de Sudamérica y África, para que fichasen por equipos europeos.
El contacto lo realizó a través de una amiga de la víctima, a quien ya le había ofrecido trabajo en dicha asociación. La supuesta oferta de trabajo consistiría en la captación de futbolistas, sobre todo a través de las redes sociales.
Para explicar con mayor detalle la oferta de trabajo, el acusado concertó una cita con ambas en el local de la empresa.
El 22 de enero las dos jóvenes acudieron al local, donde el acusado les ofreció a ambas alcohol mientras hablaban. En el curso de la entrevista, el acusado les ofreció realizar fotografías y videos sin ropa a cambio de 1.000 euros a la semana.
El acusado grabó a ambas sin ropa con su teléfono móvil y además mantuvo relaciones sexuales con la menor, afectada por la ingesta de alcohol, pero, dice la sentencia, "sin que conste acreditado que ésta tuviera su capacidad de consentir anulada por la ingesta del alcohol".
Tras interponer la denuncia, cuando la policía acudió al local a detener al acusado, éste se deshizo del teléfono móvil con el que había hecho las grabaciones, tirándolo por el inodoro. Se logró recuperar el móvil, pero quedó inservible para obtener información.
Sobre esta destrucción del móvil, la sentencia de la Audiencia alavesa, en un párrafo que el Superior reproduce, dice que el Tribunal Supremo, en un auto sobre el caso del Fiscal General del Estado, ha manifestado que "esa actitud de intentar destruir las piezas de convicción o borrar datos de los móviles es un indicio a tener en cuenta "para valorar la culpabilidad del acusado".
La Fiscalía, que solicitaba una pena mayor, apeló la sentencia de la Audiencia, igual que la defensa -que pedía la absolución-, pero finalmente el Superior ha confirmado el fallo y condenado al hombre a dos años de prisión y tres mil euros de indemnización
