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Cada día miles de personas se ven afectadas por los tipos de interés y las subidas de precios. Además, la última tasa de paro publicada por el INE sobre el primer trimestre del año señala un 13,26% de desempleo, siendo una cifra preocupante que hace que cada vez más españoles busquen soluciones a sus deudas.

En los últimos años la conocida como Ley de Segunda Oportunidad ha cobrado mucho protagonismo. Se trata de un procedimiento que a grandes rasgos permite exonerar las deudas privadas de las personas físicas que se encuentren en situación de insolvencia actual o inminente, es decir, eliminar las deudas por no poder pagarlas. Pero no es tan sencillo, se deben cumplir una serie de requisitos para poder acogerse y no es un proceso inmediato, pudiendo resolverse en unos pocos meses o incluso superar el año de duración en algunos casos concretos. Por otro lado, este proceso no deja indefensos a los acreedores, siempre que la persona deudora cuente con una masa patrimonial (un vehículo o vivienda) como normal general esta deberá liquidarse para poder hacer frente a las deudas de forma total o parcial. Este proceso legal libera de deudas a personas que por sus circunstancias no podrían, de forma que puedan tener una segunda oportunidad financiera.

Caso real de eliminación de deuda con la Ley de Segunda Oportunidad

Gracias al despacho de abogados especializado en defensa del consumidor Reclama Por Mí nos encontramos con el caso de A.S.L. Su cliente ha podido eliminar 43.989€ de deudas en apenas 4 meses desde que se presentó la demanda en el juzgado y comenzó el proceso legal. Alfonso (nombre ficticio para mantener su anonimato) contactó con Reclama Por Mí durante el 2022 cuando se enteró del proceso navegando por Facebook y buscó un modelo de ley de Segunda Oportunidad para saber si podría acogerse. Al principio le costó creer que se podría acoger al proceso, pero una vez dio el paso y comenzó los trámites todo fue muy fácil. De forma telemática desde su residencia en Gran Canaria pudieron recopilar toda la información y documentos necesarios para acogerse a esta ley. Una vez preparada toda la documentación y presentada la demanda, en apenas 4 meses el juzgado mercantil Nº de Las Palmas de Gran Canaria le comunicaba la noticia, le exoneraron sus deudas.

La situación inicial de A.S.L. era algo muy común, una persona de 32 años, soltero y trabajador de hostelería con una nómina de 1300€. Además, tenía un vehículo financiado y al corriente de pagos de un valor aproximado de 9.300€. Pero tenía dos préstamos más que superaban los 40.000€, los cuales no podría pagar de ninguna manera. Por eso, una vez aportada toda la documentación y realizadas todas las gestiones pertinentes se solicitó la exoneración del pasivo insatisfecho, en dónde básicamente se solicita la exoneración de las deudas. En el caso de Alfonso se pidió la exclusión del vehículo para que pudiera conservarlo ya que sí podía hacer frente a esa financiación y estaba al corriente de pago.

Finalmente, Alfonso recibió la resolución a su favor, eliminando una deuda que ascendía a 43.989€, permitiéndole conservar su coche y el pequeño préstamo sobre el mismo.

Sin embargo, hay que remarcar que el proceso no termina ahí, ya que en caso de darse cualquier cambio sustancial en su situación patrimonial durante los próximos 3 años tendrá la obligación de comunicarlo. Además, los acreedores pueden solicitar la revocación de la exoneración si pudieran probar la mala fe u ocultación de patrimonio del deudor.

Javier Moyano, COO de Reclama Por Mí explica cómo el uso de esta ley está siendo cada vez más común ya que “la situación financiera ha facilitado que la Ley de Segunda Oportunidad gane mucha popularidad en los últimos años y cada día más personas decidan acogerse a esta ley para eliminar sus deudas. Sin embargo, el desconocimiento de este mecanismo y la falta de especialistas puede parecer un inconveniente. Por eso, desde nuestro despacho, ofrecemos siempre una consulta gratuita para que uno de nuestros abogados pueda ayudar a la persona afectada”.




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