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Laura Laguna. Abogada digital y emprendedora tecnológica

Cuando el Gobierno anunció su intención de limitar el acceso a redes sociales a menores de 16 años, el debate se encendió casi de inmediato. Se habló de censura, de control estatal, de pérdida de libertades. Y, sin embargo, creo que el foco no siempre se ha puesto donde realmente importa.

Este debate no va de prohibir por prohibir. Va de protección. Va de asumir que estamos dejando a menores desenvolverse solos en un ecosistema digital que no está diseñado para cuidarles, sino para capturar su atención, monetizarla y optimizarla al máximo.

Por eso apoyo la medida. No desde una postura simplista, sino desde una reflexión que conecta Derecho, tecnología, realidad familiar y, sobre todo, coherencia.

El problema no es la tecnología. Es el modelo de negocio.

Las redes sociales no son herramientas neutrales. Son plataformas diseñadas, en gran medida, para maximizar el tiempo de uso. Sus algoritmos no tienen como objetivo central educar, informar de forma equilibrada o proteger a los usuarios más vulnerables, sino generar interacción, engagement y datos. Y dentro de ese modelo, un menor es un usuario más si, pero especialmente valioso.

Cuanto antes entra un menor en una plataforma, antes se consolidan determinados patrones de atención, preferencias y hábitos de consumo. Desde el punto de vista publicitario, esto tiene un valor evidente. No porque exista necesariamente una intención explícita de dañar, sino porque el propio diseño del sistema incentiva ese resultado.

Cuando quienes diseñan el sistema sí ponen límites

Resulta llamativo que algunas de las personas que mejor conocen estas plataformas porque las han creado hayan reconocido públicamente que limitan el acceso de sus propios hijos a la tecnología o al uso intensivo de redes sociales, priorizando otros espacios de desarrollo como la lectura.

No es un argumento de autoridad ni una prueba concluyente. Pero sí una señal relevante: quienes entienden mejor el producto no lo consideran neutro ni inocuo para sus hijos.

La responsabilidad parental es real, pero no suficiente

La primera responsabilidad sobre lo que consumen los menores es, sin duda, de las familias. Siempre lo ha sido. Pero el entorno digital introduce una complejidad nueva. No todas las familias tienen el conocimiento técnico, el tiempo o las herramientas necesarias para comprender cómo funcionan los algoritmos, qué riesgos existen o cómo se producen determinadas dinámicas de abuso o manipulación online.

Aquí no hablamos de desinterés, sino de una asimetría estructural entre familias y plataformas tecnológicas mucho más sofisticadas.

El Estado como garante subsidiario

Reconocer un papel al Estado en este ámbito no implica sustituir a las familias ni imponer un modelo paternalista. Implica aceptar que existen situaciones en las que la protección efectiva del menor no puede quedar únicamente en el ámbito privado.

Hablamos de entornos donde un menor puede enfrentarse a acoso, chantaje, exposición a contenidos inadecuados o dinámicas de captación que no está preparado para gestionar. Cuando la autorregulación falla y la protección privada no alcanza, el Derecho tiene que intervenir. No por ideología, sino porque es su función.

Verificación de edad: donde empiezan las dudas de verdad

Aquí es donde el debate se vuelve especialmente delicado. Porque apoyar la medida no significa asumir que su implementación sea sencilla ni que esté exenta de riesgos.

En teoría, la verificación de edad no debería implicar identificación plena. Verificar un atributo —tener o no más de 16 años— es conceptualmente distinto de identificar a una persona. Este principio ha sido defendido por autoridades de protección de datos y encaja con los criterios de minimización del RGPD.

Sin embargo, una cosa es el marco teórico y otra muy distinta su aplicación práctica a gran escala. Implementar sistemas de verificación de edad que sean realmente eficaces, respetuosos con la privacidad, técnicamente robustos y difíciles de eludir es un desafío enorme. Un sistema mal diseñado puede derivar en efectos indeseados: recopilación excesiva de datos, creación de nuevos puntos de vigilancia, exclusión digital o incluso una falsa sensación de seguridad.

El desarrollo del marco europeo de identidad digital y de soluciones como la EUDI Wallet apunta a una posible vía, pero todavía estamos ante un sistema en construcción, con despliegues desiguales y muchas incógnitas operativas. Pensar que este problema está ya resuelto sería, como mínimo, prematuro.

La pregunta, por tanto, no es solo si se puede verificar la edad, sino si puede hacerse bien sin generar problemas mayores que los que se pretenden evitar.

El doble estándar de las plataformas

Mientras tanto, las grandes plataformas argumentan que la verificación de edad es técnicamente compleja o problemática para la privacidad. Sin embargo, esas mismas plataformas ya aplican mecanismos de control de acceso en determinados contextos como cuando te dan acceso o no a una parte de pago.

La diferencia no es técnica, sino de prioridades. Limitar el acceso de menores implica perder usuarios, datos y tiempo de atención. Y eso tiene un impacto directo en el modelo de negocio.

¿Es 16 años la edad perfecta?

Probablemente no exista una edad ideal. Pero los 16 años coinciden, de forma orientativa, con una etapa en la que el menor empieza a disponer de mayores herramientas para evaluar riesgos y comprender las implicaciones de su comportamiento digital.

Esta medida, además, no puede funcionar de forma aislada. Necesita educación digital, formación a familias y una reflexión más amplia sobre el diseño de los entornos digitales. Pero eso no la invalida. La refuerza.

Tarde, pero necesario

Este debate llega tarde. Durante años hemos normalizado que menores participen plenamente en plataformas diseñadas para adultos sin plantearnos seriamente sus efectos. Mantener la situación actual no es una opción neutra: también tiene consecuencias.

Apoyo la limitación del acceso a redes sociales a menores de 16 años no porque crea que el Estado deba regularlo todo, sino porque en este caso la protección del menor justifica la intervención. Con cautela, con dudas razonables y con exigencia técnica. Porque proteger no es prohibir sin más: es asumir responsabilidad cuando mirar hacia otro lado ya no es una opción.