JUC


Hace ya algunos años estudié en Estados Unidos los cursos Strategies for Trauma Awareness y Resilience, dos formaciones orientadas a comprender el funcionamiento del trauma, aprender a detectarlo y gestionarlo, así como a adquirir herramientas y mecanismos para generar resiliencia en las personas. Además, estos estudios me permitieron conectar todo este conocimiento con la justicia restaurativa.

Efectivamente, una cosa es la labor clínica de los psicólogos y otra distinta —aunque complementaria— son las posibilidades del facilitador  a la hora de ofrecer espacios seguros en los que las personas puedan iniciar procesos de sanación a través de la justicia restaurativa. De hecho, estos cursos fueron diseñados por un grupo de psicólogos que, tras los atentados del 11 de septiembre, detectaron la necesidad de que la ciudadanía contara con conocimientos básicos para comprender y gestionar el trauma, así como de desarrollar diferentes intervenciones comunitarias para ayudar a las personas afectadas, entre ellas la justicia restaurativa.

Precisamente por ello, la justicia restaurativa se encuentra en constante evolución. Hace años no se habría pensado que pudiera aplicarse a casos de catástrofes naturales, accidentes graves u otros daños sobrevenidos en los que la intervención humana no ha sido decisiva. Sin embargo, hoy sabemos que es posible utilizarla también en estos contextos, mediante intervenciones que ofrecen un valor añadido a la terapia y contribuyen de manera significativa a la superación del trauma.

JUSTICIA RESTAURATIVA: OTRAS POSIBLES INTERVENCIONES MÁS ALLÁ DE LOS DELITOS

La justicia restaurativa surgió en el ámbito penal como una forma de abordar los daños poniendo el foco en las víctimas. Su objetivo era devolver el protagonismo a la gran olvidada del sistema: la víctima, y al mismo tiempo ofrecer a las personas ofensoras la oportunidad de asumir la responsabilidad por el daño causado y hacer lo correcto.

Con el paso de los años, la justicia restaurativa ha ido evolucionando hasta el punto de ser considerada no solo un paradigma de justicia, sino incluso un movimiento social o una filosofía de vida. En este marco, los espacios restaurativos pueden utilizarse también para ayudar a resignificar historias de daño que no constituyen delitos. Porque los daños nos impactan profundamente y, aun cuando no sean delictivos, pueden generar trauma o afectarnos de manera muy grave, dificultando la posibilidad de continuar con nuestra vida. Debemos recordar que la justicia restaurativa surgió con el propósito de construir, fortalecer o reparar comunidad. Durante mucho tiempo, nos hemos centrado en la reparación en el ámbito exclusivamente penal, pero hoy es evidente la importancia de su enfoque en otros espacios: familiar, laboral, escolar, comunitario, entre otros.

Precisamente en mi próximo libro hablo de los espacios restaurativos como un recurso para dar voz a las historias de daño de las personas, como la discriminación, la soledad o el abandono. Y, por supuesto, estos espacios son posibles y factibles también para acompañar a quienes han sufrido traumas tras daños de gran impacto, como el accidente de tren de estos días o las catástrofes naturales. Lo mismo puede aplicarse a las personas supervivientes y a las familias de quienes han fallecido por terremotos, huracanes u otras tantas catástrofes naturales.  Para entender cómo puede ayudar la justicia restaurativa en estos casos, debemos dejar de pensar en ella únicamente como un encuentro conjunto con el agresor para buscar una reparación. La justicia restaurativa es mucho más que eso. Reducirla a un encuentro con la persona agresora significa no apreciar el gran potencial que tiene para acompañar a las personas en su proceso de sanación, ya que, en general, en justicia restaurativa la reparación conlleva connotaciones de sanación.

En estos casos se trabajan programas individuales, en los que la metodología más utilizada son los círculos de diálogo. Debido a su versatilidad, estos círculos permiten trabajar con un único grupo de afectados y, con el enfoque restaurativo adecuado, generar espacios seguros de confianza en los que las personas puedan contar su historia y expresar sus necesidades.

Para que esto sea posible, es imprescindible contar con facilitadores debidamente formados, que comprendan que esta metodología no consiste únicamente en colocar a las personas en un círculo. También es necesario que los objetivos del programa estén claramente definidos desde el inicio.

Además, se requiere una preparación específica, ya que se va a trabajar con personas afectadas por el trauma. En cualquier caso, es importante recordar que estos programas de justicia restaurativa no sustituyen el acompañamiento psicológico: son complementarios. Y aunque la justicia restaurativa puede tener efectos terapéuticos, no debe considerarse una terapia.

En casos como los accidentes, generalmente no existe un culpable único, sino una mezcla de circunstancias o negligencias. El trabajo restaurativo, en estos contextos, se orienta a generar espacios en los que las personas puedan contar su historia de daño, expresar sus necesidades y, sobre todo, encontrar formas de aminorar el dolor. El objetivo es ayudarles a integrar lo vivido como un aspecto más de su historia vital, lo cual resulta imprescindible para poder sanar.

Muchas personas se preguntarán cómo sería la reparación en estos casos. Debo decir que, en general, la reparación —especialmente ante daños más graves— es más creativa que tangible.

En estos contextos, donde el daño ha sido ignorado o negado, la palabra se convierte en el primer acto de reparación. Es decir, estos espacios seguros y de confianza pueden resultar reparadores por sí mismos.

En todo caso, durante las reuniones se plantearán preguntas como: “¿Qué necesitas para sentirte mejor?” o “¿Qué podría mejorar el futuro?”. A partir de estas cuestiones se irá identificando lo que cada participante necesita para sentirse, si no completamente reparado, al menos un poco mejor.

En muchas ocasiones, cuando se trata de un accidente, las personas necesitarán que alguien asuma su parte de responsabilidad y/o que se adopten las medidas necesarias para que nadie vuelva a pasar por lo mismo. De esta manera,  a través del programa se pueden recopilar todas las necesidades y requerimientos para trasladarlos a las autoridades y que sean tenidos en cuenta. Esta es una forma de utilizar la justicia restaurativa como movimiento social. Así  el hecho de sentir que no están solas, de compartir el espacio con otras personas que están pasando por experiencias similares, resulta fundamental para iniciar su proceso de sanación.

Es decir en los posibles programas de justicia restaurativa se fijarán objetivos y en base a esto se construirán las reuniones siempre con enfoque restaurativo y teniendo en cuenta dar voz a las personas que han sufrido y sus familiares.

De esta manera tenemos programas de justicia restaurativa para reparar daños de todo tipo y no solo los que son producto de un delito.

JUSTICIA RESTAURATIVA COMO MOVIMIENTO SOCIAL

Como he comentado estos programas para atender daños derivados de la naturaleza, de accidentes o de circunstancias personales que viven las personas en su vida cotidiana (discriminación, soledad, homofobia…)  nos permiten entender la justicia restaurativa también como movimiento social que propone una transformación profunda en la forma en que las sociedades comprenden el daño, la responsabilidad y la reparación.

La justicia restaurativa coloca en el centro a las personas afectadas, reconociendo el impacto del daño en las relaciones, en el tejido social y en la dignidad humana.

Este movimiento se sustenta en valores como la participación activa, la responsabilidad consciente, el diálogo, la escucha y la reparación del daño, promoviendo procesos en los que las personas implicadas pueden expresar sus necesidades, asumir responsabilidades y construir acuerdos orientados a la restauración del vínculo social. De este modo, la justicia restaurativa trasciende el ámbito jurídico y se proyecta hacia espacios comunitarios, educativos, sociales y culturales.

La justicia restaurativa como movimiento social también cuestiona las relaciones de poder tradicionales y promueve una justicia más democrática e inclusiva. Impulsa la participación de la comunidad como agente activo en la prevención de nuevas violencias, fortaleciendo el sentido de corresponsabilidad colectiva y cohesión social.

Asimismo, este enfoque tiene una dimensión transformadora, ya que no se limita a reparar el daño individual, sino que busca generar cambios estructurales que reduzcan las desigualdades y las violencias sistémicas.

Su fuerza reside en la capacidad de movilizar a la sociedad hacia formas más humanas, participativas y reparadoras de afrontar los daños. En estos casos supone una forma de involucrar a las personas y a la comunidad en gestionar los daños, una oportunidad de ayudar a sanar a todos los que de alguna manera hayan resultado impactados buscando gestionar el dolor, miedo,  y las heridas que han generado lo sucedido. Todo esto no solo contribuye a reparar sino a fortalecer a la comunidad.

Si se entiende bien lo que es la justicia restaurativa y se asimila que no es un mecanismo alternativo de solución de conflictos podemos observar como la justicia restaurativa puede generar múltiples espacios restaurativos de sanación. Para ello podemos empezar con la pedagogía si el día 21 de enero fue el día europeo de la mediación, celebramos eso el día de la mediación no de la justicia restaurativa porque son cosas bien distintas. Si empezamos a distinguir quizá algún día logremos utilizar la justicia restaurativa como se debe y aprovechando todo su potencial.

CONCLUSIONES

La justicia restaurativa ha demostrado ser un enfoque vivo y en constante evolución, capaz de adaptarse a realidades complejas y a formas de daño que van mucho más allá del ámbito penal. Su potencial no reside únicamente en la gestión de delitos, sino en su capacidad para ofrecer respuestas humanas y significativas ante experiencias de sufrimiento que afectan profundamente a las personas y a las comunidades, incluso cuando no existe un agresor identificable o una responsabilidad penal clara.

La conexión entre trauma, resiliencia y justicia restaurativa permite comprender que los procesos de sanación no dependen exclusivamente de la intervención terapéutica individual, sino también de la posibilidad de contar con espacios relacionales seguros donde las personas puedan ser escuchadas, reconocidas y acompañadas. En este sentido, los espacios restaurativos se configuran como un complemento valioso al acompañamiento psicológico, aportando una dimensión comunitaria y relacional imprescindible para la integración del daño en la historia vital de quienes lo han sufrido.

La palabra, el diálogo y el reconocimiento del sufrimiento emergen como primeros actos de reparación, especialmente en contextos donde el daño ha sido silenciado, minimizado o negado.

Poder narrar la propia experiencia, identificar necesidades y compartir el dolor con otras personas en situaciones similares contribuye a disminuir el aislamiento, resignificar lo vivido y abrir caminos hacia la sanación, aun cuando la reparación material no sea posible.

Asimismo, la justicia restaurativa ofrece un marco desde el cual canalizar demandas colectivas de responsabilidad, prevención y cambio, convirtiéndose en una herramienta de transformación social. Al recoger las voces de las personas afectadas y trasladar sus necesidades a las instituciones y a la comunidad, estos procesos fortalecen la corresponsabilidad colectiva y promueven cambios estructurales orientados a evitar la repetición del daño.

Entendida como movimiento social, la justicia restaurativa cuestiona modelos tradicionales de justicia basados exclusivamente en el castigo y propone una mirada más inclusiva, democrática y reparadora. Al situar la dignidad humana, las relaciones y el tejido comunitario en el centro, contribuye no solo a reparar heridas individuales, sino también a fortalecer comunidades más resilientes, conscientes y comprometidas con el cuidado mutuo.