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Marta Lop, letrada del bufete Vilches Abogados y en este caso de éxito nos explica cómo liquidar las sociedades gananciales de manera exitosa.

 
 

El cliente llegó a nuestro despacho con un problema relacionado con la sociedad de gananciales.

Al analizar detenidamente la propuesta de gananciales presentada por el abogado de su cónyuge, identificamos que estaban intentando incluir ciertos bienes que claramente no podían considerarse como gananciales.

En este caso, tuvimos que luchar para que estos bienes fueran reconocidos como privativos. Este aspecto incluía las deudas, ya que a veces las deudas pueden considerarse no gananciales si se puede demostrar su origen y si no están destinadas al mantenimiento del hogar o la familia.

Sin embargo, este caso fue aún más interesante, ya que también se buscaba la restitución de una herencia. Como sabemos, las herencias son consideradas bienes privativos, independientemente de si estamos liquidando la sociedad de gananciales. Logramos demostrar que ciertos gastos relacionados con la herencia eran adecuadamente privativos y los retiramos de la sociedad de gananciales.

 
En resumen, logramos que la parte demandante reconociera que debía devolvernos una parte del dinero que considerábamos privativo, a pesar de que nuestro cliente lo había aportado durante el tiempo de la sociedad de gananciales. Este caso, aunque complejo, fue un éxito debido a nuestro trabajo exhaustivo.
 




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