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El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona ha concedido la exoneración total de más de 120.000 euros en deudas a un cliente de Unive Abogados, permitiéndole comenzar de nuevo gracias al mecanismo de Segunda Oportunidad, regulado por el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).

El cliente, afectado gravemente por la crisis económica derivada de la pandemia, sufrió una importante caída de ingresos en su empresa, viéndose obligado a refinanciarse y avalar préstamos para poder afrontar los gastos fijos y garantizar los pagos a trabajadores y distribuidores. La situación se agravó en 2022 por un empeoramiento de salud que le llevó a obtener una incapacidad permanente absoluta y a depender de una pensión claramente insuficiente para cubrir sus necesidades y las de sus tres hijos, dos de ellos menores de edad.

Esta cadena de dificultades acabó por situar al cliente en una situación de sobreendeudamiento, con créditos impagados frente a varias entidades financieras y de telecomunicaciones, entre ellas CaixaBank, Banco Sabadell, Vodafone y Telefónica.

Pese a todo, ha conseguido mantener su vivienda habitual, ya que la misma estaba al corriente de pago y su valor era inferior al capital pendiente del préstamo, lo que ha permitido que no se pierda el inmueble durante el procedimiento.

El concurso se ha tramitado bajo la modalidad de “concurso sin masa”, lo que ha permitido una resolución ágil, ya que ningún acreedor se personó ni presentó oposición, culminando con la exoneración de todo el pasivo insatisfecho conforme a los artículos 37 ter, 465.7º y 501 del TRLC.

Marc Gassó, abogado responsable del caso de Unive Abogados Barcelona, destaca la importancia de esta resolución:

“La Ley de Segunda Oportunidad cumple, una vez más, su función social, permitiendo que personas físicas que han sufrido una situación de insolvencia sobrevenida —en este caso, agravada por motivos de salud y la crisis sanitaria— puedan reencauzar su vida y volver a empezar sin la losa de una deuda impagable. La agilidad del procedimiento y la falta de oposición de los acreedores demuestran la consolidación de esta vía como solución real y efectiva para quienes cumplen los requisitos legales.”