- La sentencia incluye dos financiaciones con reserva de dominio, que habitualmente no se solían exonerar
Un vecino de Guipuzcoano (usaremos el nombre de Adrián para proteger su privacidad) acaba de conseguir algo que, hasta hace poco, muchos veían poco menos que imposible: la exoneración de prácticamente todas sus deudas, incluidas las de su coche financiado con reserva de dominio y la de otro vehículo del que era cotitular del préstamo junto a un amigo. En total, el Juzgado le ha perdonado 57.789 euros al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad.
Divorciado, con dos hijos menores a los que pasa manutención y trabajador por cuenta ajena como oficial de segunda.
Las deudas comenzaron tras un fracaso de emprendimiento hace diez años y se vieron agravadas tras una separación con hijos de por medio a los que pasa manutención. Además, hace unos años sufrió un accidente laboral y tuvo que ser operado, con lo que sus ingresos se vieron reducidos. Todo ello, sin un gran patrimonio relevante y rodeado de acreedores.
El caso y la peculiaridad de la sentencia
Entre sus escasos activos, un único bien útil para su día a día: un vehículo financiado con un valor de 8.900 euros, con una reserva de dominio y un importe pendiente de 14.900 euros, que utiliza para acudir a su centro de trabajo. Además, figuraba como cotitular de otro préstamo con reserva de dominio sobre el coche de un amigo.
Hasta ahora, lo habitual era que, incluso cuando se concedía la exoneración de las deudas, las que estaban asociadas a bienes con reserva de dominio quedasen fuera del “perdón” y siguieran persiguiendo al deudor.
Lo interesante de este Auto es que el juzgado adopta una posición distinta: entiende que estos créditos también deben exonerarse, es decir, que la deuda personal del deudor frente a las financieras queda perdonada. Pero al mismo tiempo, deja bien claro que las entidades mantienen intacto su derecho real sobre el bien: si no se termina de pagar, pueden reclamar el vehículo en otro procedimiento civil, pero no volver a perseguir al deudor por el dinero.
En este caso, el juzgado ha tenido especialmente en cuenta que:
- El afectado destina parte de sus ingresos a la manutención de sus hijos.
- Depende del coche para desplazarse a su puesto de trabajo.
- Su situación de endeudamiento no deriva de un consumo caprichoso, sino de un cúmulo de circunstancias: fracaso de negocio, separaciones y accidente laboral.
El criterio es relevante aunque no cree jurisprudencia
Desde la plataforma Reclama Por Mí, especializada en Ley de Segunda Oportunidad, explican que este tipo de resoluciones están empezando a repetirse, poco a poco, en distintos juzgados españoles, especialmente cuando se trata de personas sin otros bienes, con ingresos modestos y cuya única vía de mantener el empleo pasa por conservar el vehículo.
“Lo que empieza a apreciarse en algunos juzgados es una distinción clara entre la deuda personal y la garantía real”, explica Javier Moyano, COO de la plataforma. “Se exonera la deuda del préstamo, pero se respeta el derecho de la financiera a recuperar el coche si no se paga. Es un equilibrio razonable entre el derecho al crédito y la finalidad de la Ley de Segunda Oportunidad: permitir que la gente realmente pueda empezar de cero”.
Aunque este Auto no sienta jurisprudencia en el sentido técnico, sí apunta a una tendencia: cada vez más jueces están dispuestos a incluir en la exoneración las deudas de vehículos con reserva de dominio, siempre que se cumplan los requisitos de buena fe y se trate de deudores sobreendeudados sin alternativa real.
¿Qué supone en la práctica para el afectado y para otros deudores?
Con este Auto, Adrián ve exoneradas sus deudas, incluidas las dos financiaciones con reserva de dominio. Esto significa:
- No le podrán reclamar judicialmente las cantidades pendientes de esos préstamos.
- Las financieras sí pueden, si hay impago, reclamar la entrega del vehículo en un procedimiento separado, pero solo eso: el coche, no más dinero.
- Si Adrián decide seguir pagando y completar la financiación, podrá conservar el vehículo como hasta ahora.
Para muchas personas que se plantean acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, el gran miedo es exactamente ese:
“Si entro en la Ley, ¿voy a perder el coche y además seguiré debiendo la mitad?”.
Criterios como el de este juzgado empiezan a dar una respuesta más razonable y ayudan a que la gente pierda el miedo a acogerse a esta ley.
Una tendencia que podría consolidarse
Desde Reclama Por Mí subrayan que, aunque cada caso se estudia de forma individual y el criterio no es uniforme en todos los juzgados, están viendo cada vez más resoluciones en esta línea.
“No podemos hablar aún de una doctrina consolidada, pero sí de una sensibilidad creciente en los juzgados”, apuntan.