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  • El Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca ha dictado una sentencia de gran relevancia al reconocer a los herederos de un pensionista fallecido el derecho a percibir 5.280 euros en atrasos por el complemento de maternidad ligado a su pensión de incapacidad permanente.

A diferencia de otros casos en los que los herederos se limitan a continuar un procedimiento iniciado en vida por el pensionista, en este supuesto el juzgado confirma que los familiares pueden iniciar directamente la reclamación, consolidando así la legitimación hereditaria en este tipo de asuntos.

El fallo condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) al abono de las cantidades correspondientes al período comprendido entre julio de 2016 y marzo de 2021, con base en la existencia de dos hijos en el núcleo familiar.

Desde Unive Abogados, Marta Miranda, directora de la sede de Mallorca, ha destacado la importancia de este pronunciamiento:

Se trata de un paso muy significativo, ya que confirma que los herederos pueden reclamar estos atrasos aun cuando el pensionista no lo hubiera hecho en vida. Además, hablamos de cuantías que, como en este caso, superan los cinco mil euros, lo que supone un impacto económico real y directo para las familias”.

La sentencia se suma a otros precedentes logrados en distintas comunidades autónomas y refuerza la tendencia favorable a los afectados. Desde Unive Abogados se anima a todas aquellas familias que se encuentren en situaciones similares a informarse y reclamar sus derechos frente a la Seguridad Social, dado que los importes reconocidos pueden ser determinantes en la economía doméstica.