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Este año se celebra el último Día del Padre con un permiso de paternidad de 5 semanas. Este 1 de abril traerá importantes novedades respecto a este permiso. Si hasta ahora el padre contaba con 5 semanas por permiso de paternidad, ahora, desde el 1 de abril de este año se ampliará este periodo hasta las 8 semanas. Y en 2021 tendrán derecho a 16 semanas de baja por paternidad. Idéntico periodo que tienen ahora las madres por permiso de maternidad.

La ampliación de este permiso por nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo se hará, por tanto, gradualmente hasta llegar a las 16 semanas en el año 2021. El Real Decreto recientemente aprobado, recoge en su articulado que esta ampliación estará en vigor desde el 1 de abril de 2019 y que durante lo que resta de año la baja por paternidad será de 8 semanas. Al año siguiente, es decir, en 2020, el permiso de paternidad pasará a ser de 12 semanas y ya en 2021 se igualarán los permisos de maternidad y paternidad.

Periodo voluntario y obligatorio del permiso de paternidad

Hasta la entrada en vigor de la nueva normativa, esto es, hasta el 31 de marzo de 2019, los padres tienen derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 5 semanas de duración.

Desde abril, los padres contarán con un periodo de suspensión total de 8 semanas, de las cuales las 2 primeras, deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

A partir de 1 de enero de 2020, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión total de 12 semanas, de las cuales las 4 primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

Finalmente, desde el 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual período de suspensión del contrato de trabajo de 16 semanas, de las cuales 6 semanas de permiso serán obligatorias para cada uno de ellos.

En resumen, el periodo obligatorio del permiso de paternidad por nacimiento pasará a ser  de 2 semanas obligatorias tras el nacimiento desde el 1 de abril de 2019 y de 4 semanas obligatorias en 2020 tras el nacimiento. Siendo a partir del 2021 el periodo obligatorio de 6 semanas.

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La prestación por paternidad no tributa en el IRPF

Al igual que la prestación por maternidad, la prestación por paternidad no tributa en el IRPF y se puede reclamar. Eso sí, únicamente podrán reclamar los padres que tuvieron un hijo por nacimiento, adopción o acogimiento a partir del año 2014.

Para ello, si has percibido la prestación por maternidad o paternidad desde entonces, podrás solicitar la rectificación del IRPF de los años 2014, 2015, 2016 y 2017. 

¿Qué pasa con la prestación por paternidad recibida en 2018?

Esta rectificación de la Declaración de la Renta para solicitar la devolución de los importes indebidamente ingresados al incluir en el IRPF como rendimiento de trabajo las prestaciones percibidas de la Seguridad Social durante la baja por paternidad no es tan sencillo como pudiera parecer. Al menos, si quieres recuperar la cantidad que verdaderamente te corresponde.

Para calcular cuánto te tiene que devolver Hacienda por la prestación de paternidad es fundamental un análisis pormenorizado de un abogado fiscalista. Hay que tener en cuenta que nos enfrentamos a un impuesto que varía por tramos. en otras palabras, al incluir la prestación por paternidad se pudo superar uno de esos tramos y, por tanto, abonar más por este tributo.

Además de los tramos, se debe estudiar si te practicaste una deducción menor de la correspondiente al incluir en tu IRPF la prestación por paternidad.

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