Los accidentes laborales in itinere —los que ocurren durante el desplazamiento entre el domicilio y el trabajo— han aumentado de forma notable desde 2021. Aunque 2025 cerró con una leve estabilización del total de siniestros, la mortalidad creció hasta 151 fallecidos, una cifra que evidencia que las condiciones del trayecto laboral se han vuelto más peligrosas. Desde el sindicato USO dan respuesta las diferentes preguntas claves.
La entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible ha reforzado la idea de que el desplazamiento al trabajo forma parte del riesgo laboral y debe ser gestionado como tal. A continuación, resolvemos las dudas más habituales sobre este tipo de accidentes.
¿Qué se considera accidente laboral?
Un accidente laboral es toda lesión corporal sufrida “con ocasión o por consecuencia del trabajo” (art. 156.1 LGSS). Cuando ocurre en tiempo y lugar de trabajo, opera la presunción de laboralidad.
¿Dónde empieza legalmente el trayecto protegido?
La jurisprudencia reciente ha fijado el llamado “límite del felpudo” (sentencia 522/2025):
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El accidente in itinere comienza en la vía pública, no dentro del domicilio.
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Caídas en el jardín, garaje privado o escaleras de una vivienda unifamiliar no se consideran laborales.
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Sin embargo, la STS 2817/2025 reconoce como accidente laboral los siniestros ocurridos en zonas comunes de la comunidad de vecinos, al entender que el trabajador ya ha abandonado su espacio privado.
¿Qué criterios utiliza la Mutua para aceptar o rechazar un accidente in itinere?
Las Mutuas suelen analizar cuatro elementos:
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Motivo del desplazamiento: debe ser exclusivamente laboral.
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Lugar del siniestro: debe ocurrir en el trayecto habitual entre casa y trabajo.
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Momento: dentro del tiempo razonable del recorrido.
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Medio de transporte: adecuado y lógico para la distancia.
¿Cómo puedo defender mi caso si la Mutua lo rechaza?
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Reúne atestados, registros de GPS y testigos que acrediten el nexo causal.
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Informa a la representación legal de los trabajadores, especialmente si el accidente está relacionado con accesos peligrosos al centro de trabajo.
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Recuerda que un simple despiste no elimina la naturaleza laboral del accidente.
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Como última vía, puedes solicitar una determinación de contingencias para que el INSS decida.
¿Qué implica la Ley 9/2025 para las empresas?
Las empresas con más de 200 trabajadores (o 100 por turno) deben implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) antes de diciembre de 2027. No hacerlo —o no negociarlo con la representación sindical— constituye una infracción grave según la LISOS.
En empresas más pequeñas, aunque no es obligatorio, las medidas del art. 26.3 actúan como referencia preventiva.
¿Qué ocurre si mi ruta al trabajo es peligrosa?
El empresario debe identificar y corregir “puntos negros” en los accesos. Si existe un riesgo grave, pueden exigirse medidas como transporte colectivo financiado por la empresa.
¿Pierdo la cobertura si me desvío para llevar a mis hijos al colegio?
No. Los desvíos razonables por obligaciones familiares no rompen el nexo causal, siempre que el trayecto siga siendo lógico y habitual.
¿Y si teletrabajo? ¿Todo lo que ocurre en casa es accidente laboral?
No. La empresa solo debe evaluar la zona habilitada para trabajar. Lesiones en otras estancias (cocina, baño, etc.) suelen considerarse accidentes domésticos, no laborales.
¿Es accidente laboral si voy al médico de empresa?
Sí. Desde 2026, el trayecto entre el trabajo y el médico de empresa para revisiones o gestiones vinculadas al empleo se considera accidente laboral.
