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Muchos son los motivos por los que puedes necesitar acudir a la vía judicial para proteger tus derechos. Lo normal es acudir con abogado y procurador, pues pese a que en determinados juicios no sea obligatorio, siempre es totalmente recomendable poner estos asuntos en manos de expertos legales. Para ello, la normativa procesal establece que se debe otorgar un apoderamiento al abogado, procurador o ambos.

Con el fin de facilitar los trámites a los ciudadanos, la Administración está implementado el sistema de Apud Acta electrónico. Estos se autorizan con DNI electrónico, certificado digital o clave pin, sin necesidad de acudir al notario a firmar un poder notarial general para pleitos o al juzgado para realizar el apoderamiento Apud Acta ante el letrado de la Administración de Justicia. En otras palabras, con ellos habilitas a un tercero (abogado, procurador) a que actúe en tu nombre en los juzgados.

La Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación

en la Administración de Justicia es la normativa que regula en nuestro país el otorgamiento de poderes electrónicos.

¿Quién puede otorgar un apoderamiento?

En cuanto a quién puede otorgar un apoderamiento Apud Acta Electrónico, los abogados de reclamador.es explican que los ciudadanos con certificado digital expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre pueden dar un poder para pleitos de forma telemática a abogados y procuradores.

Guía de la Sede Judicial Electrónica para otorgar un poder Apud acta telemáticamente

Una vez realizado los trámites electrónicos, el poderdante recibe un certificado en el que se informa que su poder ha sido inscrito en el Archivo Electrónico de Apoderamientos Apud Acta. Respecto a estos archivos, el artículo 32 bis de la ya citada ley explica que deben “ser plenamente interoperables entre sí, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se registren en sus correspondientes archivos. Los archivos electrónicos de apoderamientos apud acta permitirán comprobar válidamente la representación que ostentan quienes actúen ante la Administración de Justicia en nombre de un tercero”.

¿Es posible revocar un apoderamiento Apud Acta electrónico?

Aquí la respuesta es clara. Sí. Sí es posible revocar un apoderamiento, tanto de forma telemática como presencial. El poder electrónico para pleitos tiene una validez de cinco años desde el momento en el que es inscrito y en ese periodo este otorgamiento puede ser revocado. También renovado por otros cinco años.

Si necesitas acudir a la vía judicial…

Para proteger tus derechos hazlo acompañado de un abogado. En determinados casos, como por ejemplo, las reclamaciones bancarias (cláusula suelo, hipoteca multidivisa…) deberás acudir obligatoriamente acompañado de abogado y procurador.

No es el caso por ejemplo de la jurisdicción social (despidos, reclamaciones de salario no abonados, etcétera), pero te aconsejamos acudas también acompañado de expertos, en este caso, abogados laboralistas. El equipo legal es conocedor de los plazos que se aplican a cada parte del proceso y, además, trazan la estrategia de defensa que mejor se adapta a tus intereses.




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