Virginia Domingo de la Fuente
INTRODUCCIÓN
A nadie se le escapa que la justicia restaurativa está de moda. Tanto, que incluso un partido político llega a afirmar en una nota de prensa que apoya el despido basado en la justicia restaurativa. Como si esa etiqueta lo hiciera automáticamente más adecuado, en lugar de defender simplemente que cualquier despido debería ser necesario y respetuoso con las necesidades de quien lo sufre.
Porque conviene decirlo claramente: que un despido tenga en cuenta las circunstancias de la persona despedida, por ejemplo a la hora de la indemnización, no lo convierte en restaurativo. Llamarlo así no lo transforma.
Hoy todo parece ser restaurativo. Y, para colmo, quienes se arrogan la autoridad para definir qué es justicia restaurativa y cómo se aplica no son quienes la practican día a día —los y las facilitadoras—, sino los políticos y, en el mejor de los casos, algunos profesionales reconocidos en otros ámbitos, como la docencia, pero con un conocimiento de la justicia restaurativa similar al de la mayoría: escaso o superficial.
Algunas personas se preguntarán por qué esto importa tanto. La respuesta es sencilla: porque las malas prácticas tienen consecuencias. Perjudican directamente a quienes llevamos años trabajando en intervenciones restaurativas, incluso cuando la justicia restaurativa no era una tendencia ni un eslogan.
Pero hay más. Se está imponiendo un único modelo desde instancias políticas, se están destinando grandes cantidades de dinero a entidades o personas sin la preparación adecuada, y, paradójicamente, se limita o excluye a quienes sí cuentan con la experiencia y el conocimiento necesarios.
Esto no es una simple contradicción. Se acerca peligrosamente a una realidad preocupante: el uso de la justicia restaurativa para fines que poco tienen que ver con su esencia. Y su esencia, no conviene olvidarlo, es una sola: ayudar a las personas.
Y DE REPENTE SOLO ES JUSTICIA RESTAURATIVA LO QUE DICEN LOS POLITICOS
Resulta llamativo comprobar cómo, hace unos días, se organizaban unas jornadas para explicar el funcionamiento de la justicia restaurativa en las que participaban funcionarios de Instituciones Penitenciarias, un director de un centro penitenciario, una psicóloga del centro y una persona mediadora perteneciente a una entidad a la que se le permite desarrollar intervenciones restaurativas, a pesar de no contar con especialización ni formación específica acreditada en esta materia.
La impresión que se transmite es clara: desde Instituciones Penitenciarias se decide qué es la justicia restaurativa y cómo debe aplicarse. Y, en consecuencia, si no haces lo que ellos dictan, quedas vetado para siempre de cualquier intervención restaurativa en este ámbito.
Si al menos el modelo que se visibiliza fuera realmente justicia restaurativa sería un alivio. Pero no es así. Lo que se presenta como tal no es más que un curso o taller de diez sesiones, aderezado con alguna dinámica reflexiva, en el que las personas participantes —ofensoras— adquieren conocimientos sobre determinados temas, como sucede en cualquier taller formativo. No hay, en realidad, una intervención restaurativa.
Esto es tan evidente que incluso las entidades autorizadas a “hacer justicia restaurativa” recurren a personas voluntarias sin exigirles más que disponibilidad horaria. Y es lógico: para impartir un taller basta con seguir un manual.
El problema es que, además, se organizan jornadas para explicar este modelo, lo que lleva a muchas personas a pensar que así es como funciona la justicia restaurativa.
En la misma línea, recientemente aparecía otra noticia en la que la consejera de justicia de una comunidad autónoma participaba en un congreso exponiendo “su” modelo de justicia restaurativa. Un modelo que, en realidad, coincide con el del resto de España: talleres que, en algunos casos, se desdibujan aún más cuando se aplican a personas condenadas por terrorismo con la finalidad de facilitar beneficios penitenciarios.
Esto plantea una pregunta inevitable: ¿en qué se diferencia ese supuesto modelo del resto? La respuesta es sencilla: en poco o en nada.
Estos son solo dos ejemplos —ni mucho menos los únicos— de una apropiación de la justicia restaurativa por parte de quienes ostentan el poder político. Si contaran con un asesoramiento adecuado, o si se rodearan de profesionales con experiencia real en este ámbito, sabrían que no existe una única forma de intervención restaurativa; que las charlas o talleres no constituyen, por sí mismos, programas de justicia restaurativa; y que una entidad, por mucha formación que tenga en mediación, no está preparada para desarrollar estos procesos si no cuenta con formación específica en justicia restaurativa.
Pero claro, impartir un taller como “diálogos restaurativos” es sencillo: basta con seguir un manual. Ahí reside la diferencia fundamental: un taller no es un programa, y una intervención restaurativa auténtica requiere tiempo. Diez sesiones no son suficientes.
Cualquier persona experta lo sabría. Pero cuando la justicia restaurativa se utiliza con otros fines, esto pasa a un segundo plano.
Lo más preocupante es que estas malas prácticas acaban perjudicando a quienes sí intentamos hacerlo bien: quienes nos formamos, quienes acumulamos experiencia y, sobre todo, quienes nos preocupamos por ofrecer la mejor respuesta posible a cada caso o grupo de personas.
La justicia restaurativa no uniformiza las respuestas. Eso es propio del sistema tradicional. Sin embargo, paradójicamente, se está intentando convertirla en más de lo mismo: un proceso único, rígido, burocrático y rápido.
Sigue existiendo la idea de que la justicia restaurativa es algo casi mágico. De ahí que algunas personas impulsen intervenciones rápidas para que víctimas y ofensores “pasen página”. Pero eso no es justicia restaurativa; es, en realidad, lo contrario.
Es urgente evitar su desnaturalización. Y mientras dependa de decisiones políticas y de redes de afinidad, esta deriva continuará.
Por eso, desde aquí, animo a quienes trabajan de forma artesanal en justicia restaurativa a reforzar las intervenciones comunitarias. Porque los procesos que nacen desde la comunidad son mucho más difíciles de instrumentalizar políticamente. Aunque, eso sí, conllevan otro riesgo: la falta de apoyo económico y el posible señalamiento. Paradójicamente, incluso cuando se desarrollan intervenciones rigurosas, eficaces y verdaderamente sanadoras.
LO QUE NO ES JUSTICIA RESTAURATIVA
Agradezco a algunos medios de comunicación que estén sacando a la luz las malas prácticas en justicia restaurativa, evitando así su blanqueamiento, como ya ocurrió hace algunos años. Titulares como “Cinco víctimas abandonaron las reuniones en el caserío por la cercanía del mediador con los etarras. En los paseos en pareja les conminaba a no hablar del pasado ni entrar en debates” deberían hacernos reflexionar profundamente.
Pero lo más preocupante no es solo constatar estas malas prácticas, sino el impacto que generan en la ciudadanía. Porque quien lee esto sin conocer la justicia restaurativa pensará, con razón, que se trata de una herramienta para blanquear delitos, especialmente los más graves como el terrorismo. Y eso dinamita años de trabajo serio por parte de quienes sí aplicamos esta disciplina con rigor.
Hay una cuestión básica que no puede obviarse: toda persona facilitadora de justicia restaurativa debe tener formación específica en esta materia. Ser un reconocido jurista o profesor de derecho penitenciario no habilita, por arte de magia, para desarrollar procesos restaurativos. Y, sin embargo, se sigue dando voz como referentes a personas que desconocen profundamente lo que implica esta práctica. Y en concreto este señor ha sido parte de diferentes procesos restaurativos en delitos graves de terrorismo y abuso, hasta escribe libros sobre esto cuando claramente no está preparado para ser facilitador.
Es cierto que la justicia restaurativa es una puerta hacia el futuro, a diferencia del sistema tradicional, más anclado en el pasado. Pero ese paso solo es posible si previamente se genera un espacio seguro de diálogo donde las víctimas puedan expresar qué ocurrió, cómo se sintieron, qué fue lo más duro y qué necesitan para avanzar. Por eso, si realmente se hubieran realizado procesos preparatorios adecuados, no tendría ningún sentido indicar a las personas participantes de qué pueden o no hablar. Menos aún en situaciones tan delicadas como encuentros individuales sin supervisión suficiente.
Este tipo de prácticas no solo son arriesgadas, sino que evidencian una falta de preparación previa alarmante. El papel de la persona facilitadora no es dirigir ni imponer, sino sostener el proceso y garantizar un espacio seguro. Cuando esto se vulnera, el resultado es el que ya conocemos: víctimas que se sienten manipuladas y que perciben falta de neutralidad. Conviene recordar algo esencial: las personas facilitadoras actúan desde una parcialidad equilibrada. Son neutrales respecto a las personas participantes pero no lo son frente al daño. Negar o minimizar el daño, o impedir hablar de él, contradice los principios básicos de la justicia restaurativa.
Todo esto no es casual. Es el resultado de poner estos procesos en manos de personas sin la formación adecuada, pero con reconocimiento en otros ámbitos. Y, al mismo tiempo, de vetar a profesionales cualificados para intervenir en contextos especialmente sensibles, como el de personas condenadas por terrorismo. ¿La razón? Resulta más conveniente una versión rápida, superficial y escenificada del proceso: una especie de simulación de sanación que, en realidad, no respeta los principios fundamentales de la justicia restaurativa.
Los detalles que trascienden son especialmente preocupantes: mediadores tomando notas sin el debido contexto o consentimiento claro, (no se toman notas salvo en caso excepcionales y para recordar algo importante o enumerar aspectos de la reparación del daño) sesiones que vulneran la confidencialidad, círculos reducidos a una mera disposición física de sillas, o incluso poner a las personas en círculo, rodearlas de velas y obligarlas a abrazarse es no solo una distorsión de la práctica restaurativa; es una auténtica aberración. Y lo más grave: estas actuaciones pueden generar revictimización. Justo lo contrario de lo que la justicia restaurativa pretende. Por eso es imprescindible insistir en la formación. Porque cuando las malas prácticas se producen en un ámbito que busca sanar, el daño es aún mayor.
Y, lamentablemente, esto no es algo nuevo. Ya en experiencias pasadas, como la denominada “vía Nanclares”, algunas víctimas fueron presionadas para participar en encuentros bajo argumentos tan inadecuados como que la persona ofensora “era buena persona”. La justicia restaurativa no puede ni debe construirse desde la improvisación, la prisa o la instrumentalización. Porque cuando se desvirtúa, no solo pierde su esencia: también pierde su legitimidad
Esta intervención que relata el periódico es muy pedagógica para explicar a futuros facilitadores lo que no es justicia restaurativa porque siguen explicando: “Según fuentes penitenciarias, el proyecto consta de tres fases. En la primera, presos y víctimas se reúnen por separado con los mediadores (los llamados «talleres») y redactan sus sensaciones. Los mediadores entregan después esos escritos al otro grupo, como ejercicio preparatorio para la segunda fase: los «círculos restaurativos» en los que víctimas y presos se ven las caras. La tercera fase son actividades conjuntas fuera de prisión, como jornadas de unas nueve horas en el caserío”.
Cuando se pretende convertir un taller en una intervención restaurativa, el resultado es precisamente este. Según el modelo que se está aplicando, la primera fase consiste en impartir un curso tanto a víctimas como a personas ofensoras —lo cual, al menos, incorpora a las víctimas— y posteriormente pedirles que redacten sus sensaciones o reflexiones. Y con eso consideran que las personas pueden estar preparadas para un eventual encuentro conjunto. Pero no. Así no se prepara a nadie.
Todas las metodologías restaurativas serias incluyen una fase de preparación individual en la que se trabaja, de forma profunda, sobre los hechos, los sentimientos, las necesidades y las implicaciones de futuro. En el caso de la persona ofensora, es imprescindible abordar la responsabilización por el daño causado. En el caso de la víctima, es fundamental trabajar las expectativas respecto a un posible encuentro. Esto es esencial. Y un taller, acompañado de una redacción final, no permite ni de lejos evaluar si una persona está preparada para participar en un proceso restaurativo.
Además, estamos hablando de información sensible y confidencial. Cualquier contenido que se comparta debe contar con el consentimiento expreso de la persona antes de trasladarse a la otra parte. Las reflexiones pueden ser útiles, sí, pero en ningún caso sustituyen el proceso de preparación.
Surge también una duda legítima: ¿qué tipo de taller se está ofreciendo a las víctimas? ¿Cómo se está gestionando ese espacio? Porque la experiencia nos dice que en algunos de estos contextos se han planteado preguntas absolutamente inadecuadas —como si creen en la pena de muerte o qué harían si tuvieran un arma— que no solo no aportan nada, sino que distorsionan completamente el proceso y no contribuyen en absoluto a preparar un encuentro restaurativo.
En paralelo, trabajar con personas condenadas por delitos graves exige algo más que preguntas superficiales. Es necesario un proceso serio de responsabilización, no dinámicas vacías.
La segunda fase, según se describe, serían los llamados “círculos restaurativos”. Pero no basta con sentar a las personas en círculo para que lo sea. Los círculos requieren preparación, estructura, metodología y objetivos claros. En este tipo de delitos, el objetivo principal suele ser generar un espacio seguro donde las víctimas puedan expresar su historia y sus necesidades, y donde las personas ofensoras puedan escuchar, comprender y, en su caso, atender esas necesidades a través de formas de reparación que no siempre encajan en la lógica del derecho tradicional.
Sin una preparación adecuada, estos círculos no solo pierden sentido, sino que pueden resultar dañinos. Y no, no tienen nada que ver con poner velas, ni con forzar gestos de reconciliación.La fase de actividades conjuntas podría tener potencial si estuviera bien integrada en un proceso coherente.
Pero cuando todo el programa arrastra carencias —empezando por la falta de formación de quienes lo facilitan— estas actividades corren el riesgo de convertirse en otro espacio de revictimización. Dejar a las personas interactuar sin una base sólida no es valentía metodológica, es irresponsabilidad. Y pensar que compartir actividades lúdicas, salir al campo o convivir puntualmente va a generar sanación o convivencia es, sencillamente, ingenuo. La justicia restaurativa no surge de la interacción superficial, sino de procesos profundos y bien sostenidos.
Resulta además contradictorio que, por un lado, se afirme que una persona no está preparada para participar, y por otro se le concedan beneficios penitenciarios por estar “participando” en justicia restaurativa. Esto evidencia un uso instrumental del proceso que desvirtúa completamente su sentido. Esto ha ocurrido recientemente con la terrorista “Anboto”.
Y conviene dejar algo muy claro: la justicia restaurativa no ignora el dolor de las víctimas ni equipara a víctimas y personas ofensora. Busca la reconexión y el fortalecimiento comunitario, sí, pero su eje central es otro: el reconocimiento del daño causado a las víctimas, desde el respeto, la escucha y la consideración.
Por eso, plantear como objetivo principal “el reconocimiento humano de víctimas y personas presas” puede ser parte del proceso, pero no su núcleo. El punto de partida —y el objetivo esencial— debe ser siempre el reconocimiento del daño y la atención a las necesidades de las víctimas.
En definitiva, no: esto no es justicia restaurativa. Por mucho que lo avalen responsables políticos o el mediador estrella.
CONCLUSIONES
Después de todo lo expuesto, quizá conviene decir algo muy sencillo: la justicia restaurativa no es una etiqueta, no es un taller con nombre bonito, ni un atajo para que todo parezca más humano sin serlo. La justicia restaurativa no funciona por decreto, ni por moda, ni por manual. Funciona cuando se hace bien. Y cuando se hace bien, no necesita disfrazarse. Porque si algo nos enseña todo esto es que llamar “restaurativo” a cualquier cosa no la convierte en tal. Es como llamar “gimnasio” a subir las escaleras de casa: algo haces, sí… pero no es lo mismo. Y aquí está el problema: que estamos confundiendo movimiento con proceso, actividad con intervención, y buena intención con buena práctica.La justicia restaurativa no es rápida, no es cómoda y, desde luego, no es previsible. No cabe en diez sesiones ni en un dossier con instrucciones. No se puede estandarizar como si fuera un trámite administrativo. Y, sobre todo, no se puede forzar. Porque cuando se fuerza, deja de ser restaurativa.
Y quizá lo más importante —y lo más olvidado—: la justicia restaurativa no está pensada para tranquilizar conciencias institucionales, ni para mejorar estadísticas, ni para justificar decisiones políticas. Está pensada para las personas. Para víctimas que necesitan ser escuchadas sin guion. Para personas ofensora que deben responsabilizarse sin atajos. Y para comunidades que necesitan reconstruirse sin artificios.
Por eso, cuando vemos prácticas que imponen silencios, que aceleran procesos o que simulan encuentros, no estamos ante una versión imperfecta de la justicia restaurativa. Estamos ante otra cosa. Y no pasa nada por decirlo. Porque reconocer lo que no es, también es una forma de cuidar lo que sí es. Así que quizá la próxima vez que alguien nos diga que está haciendo justicia restaurativa, la pregunta no debería ser “¿cómo se llama el programa?”, sino algo mucho más incómodo —y mucho más honesto—:
¿Quién está siendo realmente escuchado aquí?
¿Se está visibilizando el daño ?
¿Y qué se está haciendo con él?
Si esas preguntas no tienen respuesta, probablemente no estemos ante justicia restaurativa. Y por mucho que haya velas, círculos o manuales… tampoco lo va a ser.