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  • En un reciente procedimiento ante el Juzgado de lo Social nº 51 de Madrid, se reconoció a una auxiliar de ayuda a domicilio el derecho a la incapacidad permanente total, revocando la resolución previa del INSS, que había denegado dicha prestación.

El Juzgado de lo Social nº 51 de Madrid ha reconocido el derecho a la incapacidad permanente total de una trabajadora del sector sociosanitario, revocando la resolución previa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había denegado dicha prestación. La profesional, dedicada a la atención domiciliaria, fue diagnosticada de carcinoma y sufrió secuelas físicas y funcionales derivadas tanto de la enfermedad como de los tratamientos médicos recibidos —incluyendo cirugía, radioterapia y quimioterapia— que le impiden ejercer su labor con eficacia y continuidad.

A pesar de la evidente afectación, el INSS argumentó que las patologías no suponían una limitación funcional suficiente para impedir el desempeño de su profesión, alegando incluso una posible evolución favorable. Sin embargo, el tribunal estimó la demanda presentada por el equipo jurídico y médico de TribunalMedico.com, concluyendo que las secuelas eran graves y permanentes, y que la exigencia de continuar en su puesto supondría un riesgo para su salud. La sentencia valoró especialmente los informes médicos actualizados, la consistencia de la prueba pericial y la rigurosidad de la defensa, determinando que la trabajadora no podía mantener un rendimiento profesional normal, eficiente y sostenido. Gracias a esta resolución, se le reconoce la protección que le corresponde por derecho.