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  • La Comunidad de Madrid ha reforzado de forma significativa las bonificaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), una medida que, aunque entró en vigor en julio de 2025, está teniendo ahora un impacto real en herencias y donaciones que se están formalizando en 2026 y que muchos contribuyentes aún desconocen.

Con la entrada en vigor de la Ley 2/2025, la normativa madrileña elevó al 50 % la bonificación del impuesto para las transmisiones entre familiares del Grupo III, lo que incluye, entre otros, a hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, suegros, yernos y nueras. Hasta esta reforma, este tipo de operaciones soportaban una carga fiscal sensiblemente superior a la de cónyuges o descendientes.

La modificación supone un alivio fiscal relevante en herencias y donaciones entre familiares colaterales, especialmente en contextos habituales como la transmisión de viviendas, ahorros o participaciones familiares, donde el impacto del impuesto podía condicionar la aceptación de la herencia o la viabilidad de la donación.

La norma incorpora además una bonificación del 100 % para donaciones inferiores a 1.000 euros, con independencia del grado de parentesco entre donante y donatario, así como una reducción del 100 % de la base imponible en determinadas donaciones en metálico de hasta 250.000 euros, siempre que el importe se destine a finalidades concretas como la adquisición de vivienda habitual, la inversión en empresas de nueva o reciente creación o el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.

Esta última reducción beneficia a donaciones realizadas entre familiares de los grupos I y II —cónyuges, descendientes y ascendientes— y, en determinados supuestos, también entre hermanos, siempre que se cumplan estrictamente los requisitos legales y los plazos de destino del dinero donado.

Desde Unive Abogados explican que, pese a llevar varios meses en vigor, la reforma sigue generando numerosas consultas, especialmente en operaciones entre hermanos y familiares colaterales. “Nos encontramos con contribuyentes que desconocen la existencia de la bonificación o que aplican incorrectamente la norma, lo que puede dar lugar a liquidaciones erróneas o a la pérdida del beneficio fiscal”, señalan desde el despacho.

El cambio normativo cobra especial relevancia en este momento del año, cuando muchas familias comienzan a planificar su situación fiscal. La campaña del IRPF correspondiente al ejercicio 2025 arrancará el próximo 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026, lo que convierte los primeros meses del año en una fase clave para ordenar herencias y donaciones y evitar errores con impacto tributario posterior.

Desde el despacho recuerdan que una planificación previa resulta especialmente recomendable en operaciones de transmisión patrimonial, ya que la aplicación incorrecta de las bonificaciones o el incumplimiento de los requisitos formales puede suponer la pérdida de ventajas fiscales relevantes. Por ello, subrayan la conveniencia de consultar con un profesional antes de formalizar este tipo de operaciones, especialmente en un contexto normativo con cambios recientes y requisitos específicos.