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Hay una idea muy extendida que conviene desmontar desde el principio: que cometer un delito bajo los efectos del alcohol rebaja automáticamente la pena. No funciona así. Y en un procedimiento por homicidio, creer que sí funciona así puede ser un error con consecuencias muy serias.

El derecho penal español no premia el consumo de alcohol. Lo que analiza es si ese consumo afectó realmente a la capacidad de quien actuó para entender lo que estaba haciendo o para controlar su conducta.

Es una distinción que, desde la práctica diaria en sala, SIMÓ Abogados Penalistas señala como uno de los malentendidos más frecuentes y más costosos en procedimientos por delito de homicidio: la diferencia entre haber bebido y haber perdido la capacidad de comprender parece sutil, pero lo cambia todo.

Lo que valoran realmente los tribunales

El Código Penal distingue entre distintos niveles de intoxicación, y esa graduación importa. Una intoxicación que anula por completo las facultades del autor podría llegar a excluir la responsabilidad penal, aunque ese supuesto es excepcional y muy difícil de acreditar. Haber bebido sin que eso afecte de forma apreciable a la conducta, en cambio, no tiene ningún efecto jurídico.

Lo habitual es que la discusión se mueva en el terreno intermedio: una embriaguez relevante que influyó en la conducta sin llegar a anularla por completo. Ahí es donde puede operar la atenuante por ir bajo los efectos del alcohol y traducirse en una reducción de pena. Pero para que eso ocurra, hace falta probarlo. Los tribunales no aplican la atenuante porque el acusado diga que había bebido. Exigen prueba concreta:

  • Pruebas de alcoholemia o análisis de sangre próximos al momento de los hechos.
  • Informes médicos que acrediten el grado de intoxicación.
  • Declaraciones de testigos que describan el estado del acusado antes y durante los hechos.

Cuanto más cercana sea esa prueba al momento del suceso, mayor será su valor. Y cuanto más tarde en obtenerse o solicitarse, más difícil será sostener el argumento.

Cuándo el alcohol no solo no ayuda, sino que perjudica

Hay casos en que alegar consumo de alcohol no solo no reduce la pena, sino que puede agravar la situación. Ocurre con frecuencia en homicidios imprudentes, donde el alcohol forma parte del riesgo generado por el acusado. En esos supuestos, los tribunales tienden a ser restrictivos: el consumo no mitiga la responsabilidad, sino que es parte de la conducta que la genera.

También queda fuera de juego la atenuante cuando el comportamiento del acusado refleja control de la situación. Si hay planificación o acciones que demuestran conciencia de lo que se hace, la alegación de embriaguez pierde credibilidad con independencia de cuánto se hubiera bebido. Y si alguien consumió alcohol precisamente para facilitar la comisión del delito, eso tampoco le libra de responsabilidad. La ley lo tiene previsto.

El alcohol como parte de una estrategia, no como argumento aislado

Lo que diferencia una defensa técnica de una alegación genérica es integrar el consumo de alcohol dentro de una estrategia coherente, no presentarlo como si fuera suficiente por sí solo. En procedimientos por reducción de pena en homicidio, pequeñas diferencias en la calificación jurídica o en la concurrencia de atenuantes pueden suponer años de prisión.

El análisis completo de los distintos escenarios y de lo que los tribunales realmente valoran en cada uno está en el artículo publicado sobre si ir borracho puede reducir la pena en un homicidio.

Para quien necesita un abogado penalista con experiencia real en delitos contra la vida, Eduardo Simó y el equipo de SIMÓ Abogados Penalistas acumulan una trayectoria de casos resueltos que los sitúa entre los referentes en este tipo de procedimientos en España. En homicidio, los matices no son un detalle: son la defensa.