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El régimen legal español configura un sistema de garantías contractuales basado, principalmente, en una serie de características que pretenden conservar el patrimonio del deudor y evitar una posible insuficiencia de su patrimonio para responder de sus obligaciones. De este modo, se alcanza una mayor seguridad en el cobro de los créditos del deudor en favor del acreedor. Todo ello, para evitar la aplicación el régimen general previsto en el artículo 1911 del Código Civil español que, a modo de resumen, establece que el deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con su patrimonio universal, esto es, con todos sus bienes, presentes y futuros. En este artículo vamos a analizar qué garantías contractuales existen y cómo se aplican.

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