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Andalucía ha concluido los principales procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, regularizando un volumen superior a 45 000 plazas de empleo público. Según datos procedentes de convocatorias oficiales y publicaciones especializadas, más de 18 000 pertenecen al Servicio Andaluz de Salud, alrededor de 15 000 al ámbito educativo, más de 8 000 a la Administración General de la Junta, además de miles de plazas estabilizadas en ayuntamientos y diputaciones.

Una parte sustancial de estos puestos estuvo ocupada durante años por personal interino mediante nombramientos sucesivos, una práctica que constituye abuso de temporalidad según la normativa europea. En este contexto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 13 de junio de 2024, declaró que la mera convocatoria de procesos selectivos —incluidos los de estabilización— no es suficiente para sancionar el abuso, y recordó que los Estados están obligados a ofrecer una reparación efectiva y disuasoria. Esta doctrina ha sido reforzada por el dictamen emitido en octubre de 2025 por el Abogado General del TJUE, que considera insuficiente el régimen indemnizatorio español y señala que, en determinados supuestos, la conversión en fija o una indemnización reforzada pueden constituir la respuesta adecuada frente al abuso acreditado.

En Andalucía ya existen resoluciones que reconocen este derecho. Un juzgado de lo social de Sevilla concedió a una trabajadora interina cesada una indemnización de 30 días por año trabajado, que ascendió a 30.535,48 €, al considerar que la concatenación de contratos durante catorce años constituía un abuso de temporalidad que debía ser reparado económicamente. Aunque se trata de un caso individual, confirma que la vía indemnizatoria es plenamente aplicable cuando existe abuso prolongado.

El derecho a reclamar no depende del resultado del proceso de estabilización. Puede ejercerse tanto por quienes han sido cesados como por quienes continúan en situación temporal, e incluso por quienes han obtenido una plaza fija, ya que la estabilización regulariza la relación a futuro, pero no compensa el perjuicio acumulado durante años de temporalidad abusiva. De acuerdo con la normativa aplicable, la reclamación debe presentarse en el plazo máximo de un año desde la publicación de la resolución que pone fin al proceso.

Desde Unive Abogados se destaca que la combinación de la doctrina del TJUE, el dictamen del Abogado General y las resoluciones internas favorables constituye una base jurídica sólida para reclamar indemnización en Andalucía.

“La estabilización ordena el futuro, pero no repara el pasado. Los interinos andaluces que han sufrido años de abuso tienen derecho a ser compensados, y ahora es el momento de ejercer ese derecho”, señalan desde la firma.

Los colectivos potencialmente beneficiarios incluyen profesionales del Servicio Andaluz de Salud, docentes, empleados de la Administración General de la Junta de Andalucía y personal de ayuntamientos y diputaciones cuyas plazas fueron regularizadas.