- Este jurista analiza distintas cuestiones procesales claves para entender el proceso penal abierto por EEUU contra este dirigente y su mujer
Hace menos de una semana la opinión pública internacional quedo conmocionada al conocer el arresto de Nicolás Maduro y su mujer Cilia Flores, el pasado 3 de enero en Caracas, a las 02:01 hora local de Venezuela (06:01 UTC), en el marco de la operación Determinación Absoluta liderada por autoridades estadounidenses, en el contexto de investigaciones judiciales por presuntos delitos de alcance transnacional. El hecho generó reacciones tanto de apoyo como de rechazo dentro y fuera de Venezuela.
El operativo, que duró aproximadamente 40 minutos, fue ordenado por el presidente Donald Trump tras meses de preparación, a consecuencia de las acusaciones contra Maduro presentadas ante tribunales estadounidenses en 2020, que decantaron en un botín de $25 millones ofrecido por Joe Biden. Nicolás Maduro fue extraído inmediatamente a Nueva York junto a su esposa, Cilia Flores, para enfrentar cargos ante un tribunal federal de Manhattan y recluido en el Centro de Detención Metropolitano de Brooklyn a la espera de su comparecencia judicial, la cual se realizó el 5 de enero de 2026.
Maduro y su esposa se declararon «no culpables» de los cargos impuestos por un tribunal federal de Nueva York por «narcotráfico y tráfico de armas». La siguiente audiencia fue fijada para el 17 de marzo de 2026. Lawandtrends ha pedido a un abogado penalista de referencia en nuestro país, como es Alfonso Trallero, socio de penal económico del despacho ONTIER, el análisis de las cuestiones procesales claves para entender este procedimiento judicial, diferente a los que se desarrollan en España y en otros países europeos de nuestro entorno.
Este experto apunta a que hay notables diferencias entre los procesos penales de origen anglosajón -como éste que analizamos con este jurista- respecto de otros ubicados en la Europa continental: “Lo primero que llama la atención es cómo se ha ejecutado esta operación militar relámpago que ha capturado vivo a Maduro y a su esposa para comparecer ante un tribunal norteamericano. A partir de aquí hay un debate intenso sobre la cuestión donde se mezcla lo jurídico con lo político y lo militar. Desde el punto de vista militar, la operación es impecable”.
Sin embargo, Trallero como es lógico, prefiere centrarse en el ámbito jurídico de este controvertido asunto: “Lo que ya es discutible es que se pueda respaldar esta operación ejecutada por la Delta Force como cumplimiento del mandato de un tribunal norteamericano. Aunque es cierto que la doctrina del TS americano valida este tipo de operaciones y permite la presentación del acusado así capturado, como ha sido en este caso ante un juez de Brooklyn. Hay distintos antecedentes que van desde el siglo XIX hasta 1992 que fue el último con el caso del ciudadano mejicano Alvarez Machiaín. En todos esos casos, pese al secuestro realizado en el extranjero, el Supremo de EEUU ha ido validando este tipo de situaciones”.
En este contexto, este jurista diferencia la justicia extraterritorial de la forma de aprehensión del investigado, en tanto elementos absolutamente distintos: “La extraterritorialidad permite a un tribunal, en este caso de EEUU, considerar que tiene jurisdicción para enjuiciar comportamientos delictivos aunque estas conductas se hayan producido en el extranjero por ciudadanos extranjeros. Este elemento también se encuentra en países como el nuestro. La LOPJ española establece en su artículo 23, apartados 2, 3 y 4 este tipo de supuestos para delitos cometidos fuera de España en determinadas circunstancias”.
Trallero lo diferencia del principio male captus, bene dententus, “doctrina jurídica que sostiene que la ilegalidad o irregularidad en la captura de una persona no invalida el proceso judicial posterior, permitiendo juzgarla de todos modos, aunque su detención haya violado la soberanía de otro Estado o el derecho internacional. Se ha aplicado históricamente en casos controvertidos para juzgar a enemigos públicos, aunque genera debate por su conflicto con los derechos humanos y el derecho internacional, siendo un eje del derecho penal extraterritorial estadounidense como en esta ocasión con Maduro”.

Alfonso Trallero penalista de referencia cree que el juicio de Maduro en los EEUU será largo y complejo (ONTIER)
Tribunales europeos más garantistas
Nuestro interlocutor reconoce que “este nuevo principio que comentamos sería difícilmente aplicable en los tribunales europeos. Difícilmente un tribunal español iba a aceptar que se secuestrase a un ciudadano extranjero para traerlo a nuestro país y ponerlo a su disposición, pues se habrían vulnerado derechos esenciales de este ciudadano en la aprehensión por las fuerzas de seguridad”. Alfonso Trallero, socio del área penal de ONTIER, cree que los tribunales europeos serían aquí más garantistas que los americanos y habrían requerido la extradición o detención legal de este dirigente.
En su opinión el abogado de Maduro, Barry Pollack, letrado con notable experiencia en casos penales complejos, “ya dejó caer en la declaración inicial que hizo cuando se le comunicaron los cargos a Maduro que plantearía su defensa en la vulneración de los derechos del acusado en el momento de su captura y puesta a disposición de un tribunal americano”, pero eso se supone que lo tendrá que argumentar con detalle a partir del 17 de marzo, fecha de una nueva comparecencia ante el juez Alvin K. Hellerstein, el juez de 92 años que procesará a Nicolás Maduro en Estados Unidos.
Otra diferencia procesal que destaca Alfonso Trallero tiene que ver con la instrucción de estos asuntos, “en EEUU las investigaciones las hace la Fiscalía”; en este caso ya llevaba abierta varios años hasta que la fiscal del Departamento de Justicia de Estados Unidos, Pam Bondi, publicó el 3 de enero un documento de 25 páginas que contiene la acusación formal contra el presidente de Venezuela Nicolás Maduro, detallando los cargos criminales que se le imputan.
Nicolás Maduro está imputado por “conspiración narcoterrorista, conspiración para importar cocaína, posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos, y conspiración para poseer ametralladoras y dispositivos destructivos contra Estados Unidos. Habrá juicio oral una vez concluya esa audiencia inicial, donde se resolverán las cuestiones procesales que se van a plantear”, apunta Trallero como cargos que adelantó la fiscal general, Pam Bondi, a través de sus redes sociales y que también aparecen en la acusación formal.
A partir de este momento el juez Hellerstein tendrá que tomar la decisión de si sigue con el procesamiento de Maduro y su mujer. “En el caso de que siga adelante tendrá que fijar la fecha de la vista, las pruebas que se practican y los testigos que deberán declarar según la petición de cada parte. Como puede verse, la instrucción en EEUU es diferente a la española. El trabajo previo ya está hecho, ahora lo que queda es resolver las cuestiones previas a la vista oral entre las partes. Al parecer, por lo que se ha hecho público las investigaciones sobre Maduro arrancan del 2014. Fueron reservadas y ahora se han hecho públicas con la captura del propio dirigente venezolano”.
Serán penas muy graves
En este tipo de asuntos no hay acusación particular, como en el modelo español penal actual: “Esta figura no existe en los países de derecho anglosajón. El monopolio de la acusación lo tiene el Estado de forma exclusiva. Puede haber algunas reclamaciones sustentadas en procedimientos civiles. Los cargos que se han hecho públicos contra Maduro y su mujer están colgados en la web del Departamento de Justicia de los EEUU. Todos esos cargos tienen que ver con que la víctima es EEUU, de hecho, no se toca la cuestión de la violación de los derechos humanos de los venezolanos en estos años”.
El presidente Donald Trump afirmó que Maduro y su esposa “enfrentarán todo el rigor de la justicia estadounidense, en territorio estadounidense, ante tribunales estadounidenses”, reiterando la seriedad con la que Washington aborda el caso. La Fiscalía General de EE.UU. anunció estas nuevas imputaciones horas después de la operación militar. Este jurista revela que, si bien todavía no se conocerían las penas exactas que la justicia estadounidense podría aplicar en caso de condena y sus agravantes, la naturaleza de los cargos de narcoterrorismo, conspiración para el tráfico de drogas y posesión de armamento suele acarrear sentencias que pueden ir desde décadas de prisión hasta cadena perpetua en el sistema judicial de Estados Unidos.
El proceso podría prolongarse, dada la naturaleza del caso, el tipo de pruebas involucradas y las consideraciones de seguridad. Por su parte, Marc Donnelly, un abogado defensor penal de Houston, Texas, está representando a Cilia Flores. Donnelly trabaja con Parker Sánchez & Donnelly en el centro de la ciudad y es un ex fiscal federal. Los especialistas coinciden en que, por estas razones, Maduro probablemente no enfrentará juicio este año 2026, aunque el caso seguirá avanzando. “Hay muchas cosas que discutir en este procedimiento. Los hechos son complejos, abarcan muchos años, varios gobiernos venezolanos y la prueba será compleja”, afirma Trallero.
Respecto al papel del jurado en este asunto, Alfonso Trallero señala que “lo que decide es si los hechos han ocurrido de una manera o de otra. La calificación jurídica de los hechos la presenta el tribunal, no el jurado. La prueba en el proceso penal es de sentido común y valoración lógica: se escucha a los testigos y al acusado en el acto del juicio oral, se leen los documentos y a partir de ahí se razona si se ha podido producir el hecho concreto objeto de acusación. Es un asunto muy complejo el de Nicolas Maduro, un presidente discutido tras las últimas elecciones del 2024 en Venezuela”, apunta.