- Al mismo tiempo, la duración media estimada de los procedimientos en los juzgados de lo Social alcanzó 11,4 meses, pero hay importantes diferencias entre comunidades
CCOO exige medidas urgentes para reducir los tiempos de respuesta efectiva en el ámbito de la jurisdicción Social, donde las personas trabajadoras reclaman derechos esenciales relacionados con salarios, despidos, prestaciones, o conciliación.
“Se necesitan implementar los medios adecuados para impulsar una estrategia contra todas estas demoras. No puede ser que un trabajador para reclamar un derecho fundamental o la percepción de su salario tenga que esperar meses para ir a juicio”, comento Unai Sordo, su secretario general, al presentar el estudio de CCOO “Sin Justicia efectiva no hay Derecho”, sobre la jurisdicción social.
Según comentó el informe se ha enviado al Ministerio de Justicia, al CGPJ; a las CCAA con competencias en justicia y a los distintos grupos parlamentarios. Al mismo tiempo CCOO solicitará crear una mesa institucional específica sobre la jurisdicción laboral con participación de los interlocutores sociales. Al mismo tiempo el sindicato reclama un Plan de Choque para frenar el colapso funcional de la jurisdicción social.
Otras medidas que implementará el sindicato es que reclamará indicadores públicos, sobre señalamientos, sentencias, recursos y ejecuciones en el orden social. Al mismo tiempo pedirá que se apliquen protocolos específicos para asuntos preferentes como despidos o reclamaciones de salarios de cara a que se agilicen todo lo posible.
También se plantea abrir una línea nueva de actuación jurídica para casos de especial demora, incluyendo recursos frene a señalamientos incompatibles con el derecho fundamental y reclamaciones de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento anómalo de la justicia. Ahí el sindicato quiere procedimientos más agiles porque recurrir al Constitucional o la vía contenciosa puede tardar cinco años.
Por último, Sordo subrayó que el sindicato también presentará una reclamación colectiva ante el Comité Europeo de Derechos Sociales por incumplimiento de la Carta Social Europea revisada. “ “estamos ante un problema estructural de Estado de derecho en el ámbito laboral. prestaciones, conciliación o derechos fundamentales. Cuando los juicios se señalan a muchos meses o incluso años vista, el derecho no solo se retrasa: pierde eficacia y deja de cumplir su función protectora”, ha añadido.
Un problema de calado
Sordo advirtió de que “la demora en la jurisdicción social ha alcanzado una dimensión estructural y en numerosos territorios y materias compromete el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas”. Por ello, considera que no es un problema “meramente organizativo o administrativo, sino a una cuestión que afecta directamente a la tutela judicial efectiva de los derechos laborales y sociales”.
En su intervención, indico que los datos del Consejo General del Poder Judicial, analizados por los servicios jurídicos de CCOO, son concluyentes: la duración media de los procedimientos es elevada y se observa una tendencia de deterioro en materias especialmente sensibles.
En reclamaciones de salarios y reconocimiento de derechos, la demora para el señalamiento media estatal alcanza los 450 días, unos 15 meses. Se han analizado 1676 expedientes y 41 provincias aparecen en situación de colapso funcional. En despido individual, pese a ser un procedimiento preferente la demora alcanza los 375 días 12 meses y medio al analizar 1155 expedientes y 29 provincias en colapso, Por su parte en Seguridad Social la demora media es de 389,7 días, 13 meses y 36 provincias en colapso funcional, solo el señalar la vista.
“Solo son señalamientos para las citas de los juicios, luego estarían las resoluciones de los mismos, las sentencias y llegado el caso los recursos Así resaltó que la duración media estimada de los procedimientos en los juzgados de lo social alcanzó 11,4 meses. En la fase de recurso, la duración estimada ante las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia fue de 7,2 meses, mientras que ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo alcanzó 13,2 meses.
Sobre el efecto de estas demoras judiciales son claras. “En reclamaciones salariales desplaza a los trabajadores el coste de los incumplimientos empresariales, en los despidos, el proceso llega cuando la ruptura laboral ya ha producido efectos económicos, profesionales y vitales durante meses en las personas trabajadoras, En Seguridad Social la demora afecta al reconocimiento de prestaciones de subsistencia, incapacidades o de otras situaciones de necesidad.
Demoras injustificadas
Como ejemplos se indicaron que una trabajadora despedida cuando está embarazada demanda a la empresa ante la justicia en marzo de este año, pero el juicio no será hasta febrero de 2027. Un trabajador que sufre epilepsia y pide una adaptación de puesto de trabajo, pero su empresa se la niega; demanda, pero su juicio no se verá hasta enero de 2027.
Historias así se están dando en muchas provincias españolas donde existe un colapso estructural de la jurisdicción Social, donde las personas trabajadoras reclaman derechos esenciales relacionados con salarios, despidos, prestaciones, o conciliación. Sin una justicia que llegue a tiempo, los derechos de las personas trabajadoras se ven gravemente afectados, denuncia que ha hecho Comisiones Obreras.
La conclusión de este informe subraya que la demora acumulada y generalizada muestra que el problema no es puntual ni se limita a algunos juzgados. Se trata de una demora estructural que erosiona el derecho fundamental de las personas trabajadoras a la tutela judicial efectiva, al derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y, en última instancia, a la efectividad real de los derechos laborales y sociales.
El sindicato advierte de que, aunque el problema es generalizado en el conjunto de nuestro país, existen importantes diferencias territoriales. La efectividad real de un derecho no puede depender del territorio o el juzgado en el que se ejercita la acción judicial. El código postal no puede determinar la efectividad real de los derechos laborales y protección social. Como ejemplo, en los Juzgados de lo Social en Andalucía, la duración media de los procesos supera los 16 meses.
Faltan medios en la jurisdicción social
Por su parte, el secretario de Acción Sindical y Transiciones Estratégicas de CCOO, Javier Pacheco, resaltó que “los datos analizados muestran un incremento muy importante de la presión sobre la jurisdicción social en los últimos años”. “Mientras los asuntos ingresados en el sistema judicial han aumentado de forma sostenida, los recursos materiales y humanos no han crecido al mismo ritmo, lo que explica buena parte del colapso funcional que sufren numerosos juzgados de lo social en nuestro país”.
“Esta situación está lesionando el derecho de tutela judicial efectiva de las personas trabajadoras. Cuando un juicio por salarios, despido o prestaciones tarda un año o más en señalarse, se agrava el desequilibrio entre empresa y trabajador y se debilita la capacidad real de defender derechos laborales básicos”.
También recordó que esta demora estructural en la jurisdicción social también distorsiona los procesos de conciliación entre las personas trabajadoras y las empresas. La conciliación debería ser un espacio de solución equilibrada de los conflictos, pero cuando la alternativa es esperar meses o años a un juicio, la persona trabajadora negocia en una posición debilitada. En estas condiciones, se favorecen soluciones negociadas a la baja en materias tan sensibles como salarios o indemnizaciones por despido.
Desde la organización sindical se reconoce el esfuerzo de jueces y juezas, letrados y letradas de la Administración de Justicia, personal funcionario y operadores jurídicos, sin embargo, se advierte de que el sistema está dimensionado por debajo de las necesidades reales de la conflictividad laboral y social del país.
Un problema global
También intervino en la presentación la directora del Gabinete Jurídico de CCOO, Eva Urbano, quien ha alertado sobre el problema de congestión y colapso afecta al conjunto de la Administración de Justicia, así nos lo ha indicado en alguna ocasión Noelia Medina, secretaria general de Administración Justicia, FSC-CCOO, pero ha asegurado que “en la jurisdicción social adquiere una especial gravedad por la naturaleza de los derechos que están en juego. Hablamos de salarios, prestaciones, incapacidades, despidos o derechos fundamentales vinculados directamente a las condiciones materiales de vida de las personas trabajadoras”.
Desde su punto de vista, en esta situación los poderes públicos deben actuar de forma inmediata. Reconoce que acudir en amparo al Constitucional o a la vía contenciosa por el funcionamiento anómalo de la administracion de justicia son otros cinco años de espera “No podemos normalizar que reclamar un salario, una prestación, una incapacidad o denunciar la vulneración de un derecho fundamental implique esperar durante meses o años para obtener una respuesta judicial. Una justicia tardía deja de ser una justicia efectiva, especialmente en el ámbito social”, ha advertido.
CCOO exige que se adopten medidas urgentes en el ámbito de esta jurisdicción ante un problema que pone en cuestión la calidad del Estado de Derecho. A juicio de esta experta las inversiones que se han hecho en medios materiales e incorporar nuevos profesionales no ha sido suficientes. “Se impulsa la digitalización de la justicia y las reformas procesales no están funcionando, Para que la jurisdicción social funcione debe seguir los principios de celeridad, oralidad, inmediación y concentración y los elementos que se introducen se apartan de eso”.
En definitiva, la jurisdicción social debe tratarse como una prioridad democrática, social y presupuestaria. No se puede normalizar que reclamar un salario, una prestación, una incapacidad, un despido o un derecho fundamental suponga esperar durante meses o años. La jurisdicción social debe ser rápida porque los derechos laborales son derechos vinculados a las condiciones materiales de vida.