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Entrevistamos a Dª Blanca de Eugenio Fernández, Gerente de Orbaneja Abogados, con sede en Madrid en la calle Santa Engracia nº 19, justo al lado del Colegio de Farmacéuticos de Madrid. En Orbaneja Abogados llevamos más de 70 años prestando servicios relacionados con la compraventa de farmacias y su asesoramiento fiscal, laboral, contable o jurídico.

En ORBANEJA ABOGADOS entienden que la decisión de comprar una farmacia es un proyecto vital y, por tanto, ofrecen un asesoramiento profesional y continuo durante todo el proceso a los clientes.

Disponen de una amplia bolsa de farmacias en toda España y de un servicio de inteligencia de negocio que les ayuda a identificar aquella farmacia que mejor se amolda a las necesidades de cada cliente.

El 2020 ha sido un año especialmente difícil a causa de la pandemia, ¿qué balance podría hacer del mismo?

R.- En nuestro caso nuestros clientes, oficinas de farmacia han sido verdaderos héroes. Es verdad que han tenido más suerte que otro tipo de negocios porque, al ser considerados desde el principio establecimientos de primera necesidad han podido permanecer casi al 100% abiertos. Pero al mismo tiempo, esa cercanía con los pacientes, con la calle, ha hecho que en muchas ocasiones hayan tenido momentos muy duros, gestionando grandes colas de clientes, angustia por parte de la gente sobre todo en los momentos peores de la pandemia.

En cuanto a nosotros como despacho nuestros clientes han sido muy comprensivos en todo momento con las vicisitudes que ha traído la pandemia y se han ido adaptando muy bien a la forma de comunicarnos con ellos. Estamos acostumbrados a que el cliente viniera mucho de forma presencial al despacho y en esta pandemia tanto ellos como nosotros nos hemos tenido que reinventar. Métodos como zoom o Skype que antes apenas usábamos se han convertido en una herramienta más junto con el teléfono o el mail.

¿En que medida han cambiado la forma de ofrecer los servicios jurídicos de su despacho?

R.- Nuestra máxima desde el primer momento de esta pandemia ha sido dar un servicio excelente al cliente, sobre todo teniendo en cuenta que nuestro trabajo consiste en el asesoramiento de cuestiones que afectan en el día a día de sus negocios: contratos del personal, posibles despidos de trabajadores, gestión de impuestos, aplazamientos etc etc. Esto no es posible si no es gracias a las personas lo primero, contamos con un equipo de profesionales que lleva años en este sector y es muy experto en lo que hace. Además como no hemos contado con la tecnología que nos permite procesar gran cantidad de información en poco tiempo. En estos momentos estamos a punto de lanzar un ERP propio nuestro para dar un servicio mejos y más rápido a nuestros clientes.

Estos cambios, ¿han venido para quedarse?

R.-Algunos sí y otros no. Consideramos que la presencialidad de muchas reuniones es esencial, pero es verdad que se van a suprimir reuniones inútiles que perfectamente se puedan tener por otros métodos como son Teams, zoom, Skype…

En su caso, ¿le ha tocado participar en juicios telemáticos? ¿cómo valora esta experiencia?

R.- En nuestro caso sí que hemos asistido a juicios telemáticos, sobre todo en materia laboral. El problema principal que ha surgido en los mismos es que, sobre todo al comienzo de la pandemia, la conexión de internet casi siempre fallaba, se hacía a través de la aplicación de zoom y la mayoría de las veces había problemas para realizarlos… lo cual conllevaba muchísimo retraso.

Por otro lado, otro de los inconvenientes que hemos visto, es que muchas veces se presenta documentación el día de la vista. Con los juicios telemáticos no se puede hacer, hay que presentar todo de antemano y a través de la aplicación de Lexnet (con lo cual, cuando hay mucho volumen de documentación también se complica la cosa), incluso podríamos decir que crea inseguridad jurídica, puesto que sucede algún hecho relevante de última hora, es muy difícil la presentación documental ya que la vista de celebra telemáticamente.

¿Han cambiado mucho las necesidades legales de los clientes durante el 2020?

R.- Las necesidades legales se han centrado ahora más que nunca en el día a día del negocio. Con la cantidad de normas que salían cada día los asesores hemos tenido que ser muy rápidos asesorando al cliente de acuerdo con esa nueva normativa que cambiaba cada día.

A final de año sí se ha notado un incremento considerable de operaciones de transmisión de oficinas de farmacia o de otro tipo de negocios debido a la subida anunciada de tres puntos del 23% al 26% en el tipo del ahorro.

Desde el punto de vista de las novedades legislativas y pronunciamos judiciales, ¿qué es lo que considera más relevante en el 2020?

R.- A nivel civil no hay nada relevante: la legislación ha sido sobre todo RD con medidas temporales por el coronavirus, y jurisprudencialmente tampoco ha habido nada relevante.

A nivel fiscal si que ha sido un año bastante activo.

Novedades legislativas tributarias para 2021 (porque en 2020 solo ha habido RDLey por la pandemia):

- LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO:

•             Subida de tipos de gravamen, tanto en base imponible general como del ahorro. Esto es quizás lo más evidente. En 2021 suben los impuestos a pesar de la crisis.

•             Se reduce de 8.000 a 2.000 euros el importe de aportaciones máximas del partícipe a planes individuales o de empleo. Esto también se va a notar bastante en el ahorrador medio.

Pronunciamientos judiciales se puede destacar:

•             STS DE 1-10-2020 (RECURSO DE CASACIÓN 2966/2019), que supone un freno al modo de actuar de la Administración Tributaria hasta ahora y establece los requisitos para que solicite la entrada en el domicilio social de una entidad mercantil o empresario y para que el órgano judicial lo autorice.

•             STS DE 1-10-2020 (RECURSO DE CASACIÓN 1056/2019) el TS permite aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual comprada con hipoteca.

•             STS DE 26-11-2020 (RECURSO DE CASACIÓN 3873/2019) que establece La primera copia de una escritura notarial en la que se documenta la cesión o transmisión de una oficina de farmacia es un acto sujeto, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.2 TRLITPAJD, al impuesto sobre actos jurídicos documentados, al ser inscribible tal título en el Registro de Bienes Muebles creado en la disposición adicional única del Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación. En particular, la cesión o transmisión de la oficina de farmacia puede encajar en la disposición adicional única del Real Decreto 1828/1999, concretamente, en su núm. 1, Sección 5ª ("Sección de otros bienes muebles registrables"); y no hay ninguna otra norma que impida la inscripción de dicha operación en el Registro de Bienes Muebles, con independencia de cuál sea la eficacia o efectos que se otorgue a la misma.

•             STS DE 3-12-2020 (RECURSO DE CASACIÓN 7763/2019) que declara la no sujeción a IRPF de intereses de demora abonados por la AEAT en devolución de ingresos indebidos.

•             STS DE 9-12-2020 (RECURSO DE CASACIÓN 6386/2017) que ha declarado "confiscatorio" el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -conocido como Plusvalía Municipal- cuando la cuota que debe abonar el contribuyente coincide o supera las ganancias que ha obtenido de la venta del inmueble. El Tribunal subraya que, en estos casos, los ayuntamientos absorben toda la cuota gravable pese a ser un tributo constitucional y obligan al ciudadano a destinar al pago del tributo toda la plusvalía.

Como se observa especialmente ha sido un final de año muy prolífico en normas por parte del Tribunal Supremo y en general son todo ello pronunciamientos por parte del Tribunal Supremo que vienen a limitar o controlar de algún modo el poder de la Administración, ya sea en la entrada al domicilio social de las empresas para recabar información, pago de intereses de demora cuando no es culpa del contribuyente, pago de plusvalía cuando no hay un verdadero incremento del valor en la operación….

Los efectos negativos que ha provocado en la economía y en las empresas la pandemia causada por la Covid-19, ha hecho que las empresas se vean obligadas, a tomar medidas excepcionales y urgentes relativas a los de sobra conocidos, ERTES. Dichas medidas excepcionales y urgentes extraordinarias comenzaron a recogerse en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en sus artículos 22 y 23, relativos a las suspensiones y reducciones de jornada por causa de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas con la COVID-19, así como las medidas extraordinarias vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo.

Este mismo Real Decreto, contempla a su vez otra de las principales novedades legislativas del presente año es la prestación por cese de actividad para los autónomos, la cual permite se puedan solicitar prestaciones extraordinarias por cese de actividad cumpliendo determinadados requisitos, los cuales han ido variando a lo largo de las diferentes normativas de este año 2020.

En tercer lugar, una de las últimas reformas importantes es el nuevo Real Decreto- Ley 28/2020 de 22 de septiembre de trabajo a distancia; el llamado teletrabajo, el cual regula el trabajo a distancia y en el que se ha establecido el contenido mínimo de los acuerdos de teletrabajo.

¿Qué perspectivas tiene su despacho para el 2021?

R.- En 2021 continuaremos seguir estando más cerca que nunca de nuestros clientes. Para ello hemos desarrollado una plataforma digital donde nuestros clientes podrán disponer de manera rápida, segura y ordenada y en un entrono amigable toda la información que necesitan para gestionar el día a día de su negocio y poder tomar en cada momento las decisiones adecuadas.

Esta plataforma va a permitir subir, bajar, consultar documentos, y tener acceso en tiempo real a todo lo relacionado con aspectos laborales, fiscales, de contabilidad y jurídicos.

Por otro lado, somos un despacho especializado en la adquisición y compraventa de oficinas de farmacia. Lo que sí hemos visto a finales de este año es que con la previsible subida de impuestos se han hecho muchas ventas de oficinas de farmacia, ya sea entre familiares o entre terceros, para amortiguar esa subida de 3 puntos de los tipos del ahorro del 23% al 26%. En 2021 creemos que se seguirán haciendo transmisiones debido a que muchos titulares de oficinas de farmacia se encuentran muy cansados física y psicológicamente y la pandemia de alguna forma ha acelerado la transmisión de sus negocios. Recordar que en las farmacias según cada comunidad autónoma existe o no una edad obligatoria de jubilación. En el caso de Madrid no existe, por ejemplo.

Para este año que comienza hay se habla de varias reformas legislativas, ¿Qué es lo que considera que necesita una reforma urgente? 

R.- Para nosotros lo principal es la Ley de Ordenación Farmacéutica, lleva más de 20 años en vigor, los cambios que se han ido produciendo en la realidad social no tienen cabida en la misma, y ya ha habido un intento fallido de dictar una nueva norma. En teoría iba a ser aprobada antes de marzo de 2020 pero seguimos igual. En especial además en esta pandemia se ha visto que las farmacias pueden hacer mucho más por la salud de los españoles, pero la ley no les deja... y en esas estamos.

Fiscalmente pensamos estas posibles reformas:

-Reforma de bajada de impuestos que permita relanzar la economía y ayude a los sectores más perjudicados por la pandemia como los autónomos y pymes, y que fomente la creación de empleo.

-Revisión de gastos superfluos de la Administración debido a la época de crisis que atravesamos.

Por ultimo desde un punto de vista laboral creemos que en el sector farmacéutico, sería necesario solventar la aprobación del nuevo Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia, ya que continuamos con el XXIV cuyo ámbito temporal en principio tenía una vigencia prevista hasta el año 2016.

¿Cree que la Justicia será capaz de remontar en el 2021 el parón judicial ocasionado con la pandemia?

R.-Va a ser muy difícil, y no vamos a ver la recuperación en 2021 sino que nos vamos a meter seguro en 2022.

Por otro lado, nos preocupa lo que va a hacer la Agencia Tributaria. Desde que llegó el mes de mayo no han parado de llegar requerimientos a los contribuyentes, mucho más que cualquier otro año. Se está paralizando el pago de muchas declaraciones de la renta. Todo esto denota un comportamiento por parte de la Administración que nos preocupa.

En materia laboral los procedimientos es verdad que siempre han ido más rápido, pero nos preocupa que los nuevos cambios legislativos no apoyen a los empresarios porque de no ser así, esto va a limitar mucho las nuevas contrataciones.




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