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Artículo 47 de la Constitución Española: La Constitución Española y una deuda social pendiente. No es un mero enunciado legal; es el reflejo de un anhelo colectivo, la garantía de que cada persona debería poder acceder a una vivienda digna y adecuada. Décadas después de su promulgación, la realidad nos golpea con la crudeza de un mercado inmobiliario implacable y la creciente dificultad para materializar este derecho fundamental.

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