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  • Se archiva la denuncia presentada por varios dueños de coches por aparecer las ruedas de sus vehículos pinchadas y sospechar la Policía Nacional que habían sido I.C y O.T., porque merodeaban por la zona y a uno de ellos se le había intervenido un cúter. 

I.C y O.T. iban andando por la calle Cáceres de Alcorcón a las 20 horas del día 18 de noviembre de 2022 tras volver de su trabajo de albañilería cuando fueron interceptados por dos patrullas de la Policía Nacional, quienes habían sido avisados por la central porque se había recibido una llamada de dos personas que manifestaban que había dos personas de origen rumano pinchando ruedas de vehículos estacionados por la zona.

Tras ser preguntados que hacían por la zona, a O.T. se le incauta un cúter de mango amarillo y negro, a lo que este manifiesta que es una herramienta de trabajo.

Mientras esto sucedía un testigo de los pinchazos de los vehículos indicó que podían ser esas personas pero que no se veía muy bien.

Tras esto, I.C. y O.T. pudieron marcharse a sus casas tras ser filiados por la Policía Nacional, no recibiendo noticias hasta que reciben una citación del Juzgado de Instrucción nº2 de Alcorcón que les citaba para declarar en calidad de investigados el día 18 de mayo de 2023.

Tras contratar como letrado a Ricardo Agud Spillard, de Escudo Legal, se pudo observar que los Policías, con las denuncias presentadas por cuatro afectados realizaron un amplio atestado donde se imputaba a I.C. y O.T. haber pinchado las ruedas de cuatro vehículos estacionados en la calle, imputándoles daños por importe de 600 euros.

Acudiendo a declarar ese día 18 de mayo de 2023, en presencia de su letrado, negaron categóricamente los hechos y dieron las explicaciones que tuvieron por conveniente.

El mismo día, el letrado de ambos presentó un escrito solicitando el sobreseimiento provisional de las actuaciones, ya que consideraba que no constaba acreditado que I.V. y O.T. pinchasen las ruedas de los vehículos, habiéndolo negado estos categóricamente, siendo simplemente interceptados por la policía en la vía pública, sin que nadie les viese realizar acción alguna, sin que por la policía fueran posteriormente detenidos, siendo ucranianos y no rumanos, no figurando el cúter como prueba de convicción ni tan siquiera  había fotos del mismo y sin que las manifestaciones del testigo que pasaba por el lugar y dijo que podrían ser ellos pero sin ningún convencimiento pudiera tenerse en cuenta.

El Juzgado de Instrucción nº2 de Alcorcón, acogiendo la tesis del letrado Ricardo Agud Spillard, dicta Auto con fecha 23 de junio de 2023, por el que no apareciendo debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 779.1.1º y 641.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.




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