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  • El tribunal madrileño ordena al Instituto Nacional de la Seguridad Social indemnizar con 1.800 euros al afectado por vulnerar su derecho a la igualdad.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a un pensionista que tuvo que acudir a los tribunales para que se reconociera su derecho al complemento por maternidad en la pensión de jubilación.

El fallo —conseguido por los servicios jurídicos de Unive Abogados— obliga ahora al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a indemnizar con 1.800 euros al afectado, que ya había recuperado más de 9.000 euros en atrasos tras años de espera.

El caso se remonta a 2021, cuando el pensionista solicitó el complemento previsto para progenitores con hijos, siendo rechazado por el INSS en 2023 bajo el argumento de “prescripción del derecho”.

Sin embargo, una vez iniciada la vía judicial, el propio Instituto reconoció el error y abonó los atrasos. Pese a ello, el Juzgado de lo Social nº 44 de Madrid consideró que el procedimiento había perdido objeto y rechazó imponer indemnización alguna.

El TSJ de Madrid ha rectificado esa decisión, estimando íntegramente el recurso interpuesto por Unive Abogados y condenando al INSS al pago de 1.800 euros adicionales por los daños morales causados, al considerar que obligar al afectado a litigar supuso una discriminación por razón de sexo.

El letrado responsable del caso, Carlos Moreno, de Unive Abogados Madrid, explica que “cada vez son más los tribunales que reconocen no solo el derecho al complemento, sino también el perjuicio causado por la negativa injustificada del INSS, que ha obligado a miles de jubilados a iniciar procesos judiciales innecesarios”.

Desde Unive Abogados recuerdan que este tipo de resoluciones refuerzan la obligación del Estado de reparar económicamente la discriminación sufrida y animan a los pensionistas varones que hayan recibido una denegación del complemento a revisar su situación, ya que pueden recuperar tanto los atrasos como la indemnización correspondiente.