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La Legítima es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados herederos, llamados herederos forzosos. Por eso, hacer testamento no siempre significa poder dejar todos los bienes a quien uno quiera. En los territorios sujetos al Derecho civil común, el Código Civil establece límites a la libertad de testar para proteger a ciertos familiares. Entender qué es la legítima, quién tiene derecho a ella y cómo se calcula resulta esencial para planificar una herencia y prevenir conflictos familiares.

Muchas personas creen que, al hacer testamento, pueden repartir todos sus bienes con absoluta libertad. Sin embargo, en gran parte de España esto no es así.

¿Qué es la legítima en una herencia?

La legítima es la parte de los bienes de la que el testador no puede disponer libremente porque la ley la reserva a determinados herederos forzosos.

Dicho de forma sencilla: el testamento permite decidir sobre la herencia, pero dentro de unos límites legales.

Por ejemplo, cuando una persona fallece dejando hijos o descendientes y resulta aplicable el Código Civil común, una parte de la herencia está legalmente protegida en favor de estos.

¿Por qué existe la legítima?

La finalidad de esta institución es proteger los derechos sucesorios de determinados familiares próximos.

Esto significa que una persona puede organizar su sucesión mediante testamento, favorecer a ciertos familiares dentro de los márgenes legales o dejar parte de sus bienes a terceros, pero debe respetar los derechos legitimarios que correspondan en cada caso.

¿Quiénes son los herederos forzosos?

El Código Civil considera herederos forzosos, en los términos y con la prioridad que establece la ley, a:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El cónyuge viudo, en la forma y medida previstas legalmente.

Aquí conviene hacer una precisión importante: no todos estos familiares reciben siempre y simultáneamente la misma legítima.

La existencia de descendientes o ascendientes y la concurrencia del cónyuge viudo modifican los derechos sucesorios aplicables.

¿Los nietos tienen siempre derecho a la legítima?

No necesariamente de forma directa por el simple hecho de ser nietos.

Cuando existen hijos del causante, son estos quienes ocupan, como regla general, la posición preferente como descendientes de primer grado. Los nietos pueden adquirir derechos sucesorios en determinados supuestos previstos por la ley, por ejemplo cuando procede el derecho de representación.

Por eso, cada estructura familiar debe analizarse de forma individual.

¿Cómo se divide la herencia cuando hay hijos?

Cuando se aplica el Código Civil común y existen hijos o descendientes, es habitual explicar la herencia mediante tres tercios:

1. Tercio de legítima estricta

Es la parte que corresponde a los hijos o descendientes conforme a las reglas legales y que, entre hijos, se distribuye por partes iguales.

Es la fracción más protegida de la herencia.

2. Tercio de mejora

También está reservado a hijos o descendientes, pero permite al testador favorecer a uno o varios de ellos.

Por ejemplo, una persona puede decidir mejorar a un hijo concreto dentro de los límites legales porque le ha prestado especial atención o cuidados durante años.

No obstante, esta decisión debe articularse correctamente en el testamento.

3. Tercio de libre disposición

Esta parte sí puede atribuirse libremente.

El testador puede dejarla, entre otros posibles beneficiarios, a:

  • un hijo;
  • otro familiar;
  • su pareja;
  • un amigo;
  • una fundación;
  • una asociación;
  • una ONG.

Por tanto, cuando existen hijos o descendientes y se aplica el régimen común, la afirmación general de que “puedo dejar toda mi herencia a quien quiera” no es correcta.

¿Cuánto es la legítima de los hijos?

En el Derecho civil común, la legítima de los hijos y descendientes está formada por dos terceras partes del haber hereditario de sus progenitores.

Ahora bien, esos dos tercios no funcionan exactamente igual:

  • Un tercio constituye la legítima estricta.
  • El otro tercio es el de mejora y puede utilizarse para favorecer a uno o varios hijos o descendientes.

El tercio restante es de libre disposición.

Ejemplo sencillo de legítima y herencia

Imaginemos, de forma simplificada, una herencia computable de 300.000 euros y tres hijos.

La división teórica en tercios sería:

  • 100.000 euros de legítima estricta.
  • 100.000 euros de mejora.
  • 100.000 euros de libre disposición.

El tercio de legítima estricta deberá respetar los derechos correspondientes de los hijos.

En cambio, el tercio de mejora permite favorecer a uno o varios hijos o descendientes, mientras que el tercio de libre disposición puede dejarse a cualquier persona o entidad.

Este ejemplo es únicamente orientativo. Para calcular correctamente una legítima deben tenerse en cuenta el patrimonio hereditario, las deudas y cargas computables y, cuando proceda, determinadas donaciones realizadas en vida.

La legítima de la herencia

¿Qué derechos tiene el cónyuge viudo en la herencia?

Este es uno de los puntos que más dudas genera.

Muchas personas creen que, al fallecer uno de los cónyuges, el viudo o la viuda hereda automáticamente todos los bienes. No siempre es así.

Cuando el cónyuge viudo concurre con hijos o descendientes y resulta aplicable el Código Civil común, tiene derecho, como regla general, al usufructo del tercio destinado a mejora.

¿Qué significa tener un usufructo?

El usufructo permite usar y disfrutar determinados bienes o percibir sus frutos o rendimientos, aunque la titularidad de la nuda propiedad corresponda a otra persona.

Por ejemplo, según cómo se haya configurado y adjudicado la herencia, el usufructuario puede tener derecho al uso de un inmueble o a percibir determinados rendimientos.

Sin embargo, no debe confundirse el usufructo con la plena propiedad.

Precisamente por ello, una buena planificación testamentaria puede ser fundamental para reforzar la protección del cónyuge que sobreviva.

¿Puedo quitar la legítima a un hijo?

Como regla general, no se puede privar a un hijo de su legítima por una simple mala relación familiar, una discusión o un distanciamiento.

La ley permite la desheredación únicamente por causas expresamente previstas y con el cumplimiento de determinados requisitos.

¿Cuándo se puede desheredar a un hijo?

La desheredación debe basarse en una causa legal.

Entre las causas previstas por el Código Civil para desheredar a hijos y descendientes se encuentran, en los términos legalmente establecidos, determinados supuestos como:

  • haber negado alimentos al progenitor o ascendiente sin motivo legítimo;
  • haberle maltratado de obra;
  • haberle injuriado gravemente de palabra.

Además, la desheredación debe realizarse en testamento y expresar la causa legal en la que se fundamenta.

¿Qué ocurre si el hijo niega la causa de desheredación?

Si el desheredado niega la veracidad de la causa alegada, la ley atribuye la prueba de esa causa a los herederos del testador.

Por eso, desheredar a un hijo es una decisión jurídicamente delicada que exige una redacción testamentaria precisa y un análisis previo de las circunstancias y de las pruebas disponibles.

¿La legítima es igual en toda España?

No.

Esta es una de las cuestiones más importantes para evitar errores.

Las reglas explicadas en este artículo se refieren principalmente al Derecho civil común regulado por el Código Civil. Sin embargo, existen territorios españoles con Derecho civil propio o especial en materia sucesoria, donde la configuración y cuantía de la legítima puede ser diferente.

Entre ellos se encuentran, con sus respectivos regímenes y particularidades:

  • Cataluña;
  • Aragón;
  • Navarra;
  • Galicia;
  • País Vasco;
  • Islas Baleares.

La vecindad civil puede cambiar las reglas de la legítima

Para determinar el régimen civil sucesorio aplicable no basta con preguntar dónde nació una persona, dónde tiene una vivienda o dónde falleció.

Un elemento jurídico fundamental es la vecindad civil, sin perjuicio de las demás normas que puedan resultar aplicables al caso, especialmente en sucesiones con elementos internacionales.

Esta cuestión puede cambiar de forma sustancial el reparto de una herencia.

¿Qué pasa si un testamento perjudica la legítima?

Cuando las disposiciones testamentarias lesionan los derechos legitimarios, el heredero forzoso afectado puede ejercitar las acciones que correspondan para defender su legítima.

Entre otras consecuencias, las disposiciones testamentarias que menoscaben la legítima pueden quedar sujetas a reducción en la medida legalmente procedente.

Por ello, un testamento mal planificado puede generar:

  • impugnaciones;
  • reclamaciones entre herederos;
  • conflictos sobre donaciones realizadas en vida;
  • discusiones sobre la valoración de bienes;
  • procedimientos judiciales largos y emocionalmente difíciles.

¿Cómo se calcula la legítima?

El cálculo no consiste siempre en dividir automáticamente los bienes existentes entre tres.

Para determinarla correctamente es necesario analizar, entre otros elementos:

  1. El valor de los bienes existentes al fallecimiento.
  2. Las deudas y cargas que legalmente deban deducirse.
  3. Las donaciones que deban computarse conforme a las reglas sucesorias.

Esto es especialmente relevante cuando el fallecido realizó donaciones importantes en vida, transmitió inmuebles a alguno de sus hijos o existen diferencias sobre el valor real de los bienes.

¿Por qué es importante hacer testamento?

Hacer testamento permite ordenar la sucesión dentro de los límites legales y adaptar el reparto a las circunstancias reales de cada familia.

Una correcta planificación puede servir para:

  • proteger mejor al cónyuge o pareja;
  • favorecer a un hijo o descendiente dentro de los márgenes permitidos;
  • atribuir bienes concretos de forma planificada;
  • dejar parte del patrimonio a personas ajenas a la familia;
  • reducir el riesgo de enfrentamientos;
  • anticipar problemas derivados de viviendas, empresas familiares o patrimonios indivisibles.

Fallecer sin testamento no significa que la herencia quede sin dueño, pero obliga a aplicar las reglas de la sucesión intestada y puede requerir trámites adicionales para determinar quiénes son los herederos.

La legítima: planificar hoy para evitar conflictos mañana

La legítima es una de las cuestiones más importantes —y también una de las más desconocidas— del Derecho de sucesiones.

No basta con pensar: “quiero dejar mis bienes a esta persona”. Es necesario comprobar si existen herederos forzosos, qué régimen civil resulta aplicable, cómo se ha configurado el patrimonio y si hubo donaciones previas que puedan afectar al cálculo.

Cada familia es diferente. Y detrás de una herencia no solo hay casas, cuentas bancarias o inversiones: también hay relaciones personales, cuidados, expectativas y, en ocasiones, conflictos acumulados durante años.

Un testamento bien planificado puede ayudar a respetar la voluntad de quien lo otorga, proteger a las personas importantes y reducir el riesgo de futuros litigios familiares.

Te lo contamos más en detalle en el siguiente vídeo:

 

Preguntas frecuentes sobre la legítima

1. ¿Qué es la legítima de una herencia?

La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva a determinados herederos forzosos. Cuando resulta aplicable el Código Civil común, el testador no puede disponer libremente de esa parte si existen personas con derechos legitimarios.

2. ¿Cuánto corresponde de legítima a un hijo?

Cuando se aplica el Código Civil común y existen hijos o descendientes, dos terceras partes del haber hereditario constituyen su legítima en sentido amplio: un tercio de legítima estricta y otro de mejora. El tercio de mejora puede favorecer a uno o varios hijos o descendientes.

3. ¿Se puede dejar toda la herencia a un solo hijo?

Depende de las circunstancias y del régimen civil aplicable. En el Derecho común, si hay varios hijos con derechos legitimarios, no puede ignorarse la legítima estricta de los demás salvo que exista una causa legal de desheredación correctamente articulada.

4. ¿Qué hereda el cónyuge viudo si hay hijos?

En el Derecho civil común, cuando concurre con hijos o descendientes, el cónyuge viudo tiene, como regla general, derecho al usufructo del tercio de mejora. El testamento y la planificación sucesoria pueden ser decisivos para reforzar su protección dentro de la ley.

5. ¿Se puede desheredar a un hijo y quitarle la legítima?

Solo en los supuestos legalmente previstos y cumpliendo los requisitos exigidos. Una mala relación, por sí sola, no basta. La desheredación debe hacerse en testamento y expresar una causa legal.